Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
12-12-2024

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241212-46

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

46
ADENDA de 26 de noviembre de 2024, por la que se modifican la cláusula tercera y los anexos I y II del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Mancomunidad La Encina, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y se prorroga para el año 2025.

Madrid, a 26 de noviembre de 2024.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, la Ilma. Sra. D.a María Belén Garrido Valencia, Presidenta de la Mancomunidad La Encina (integrada por los municipios de Brunete, Quijorna, Villanueva de la Cañada y Villanueva del Pardillo), en virtud de su nombramiento en sesión constitutiva celebrada el día 19 de julio de 2023, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 6 de los Estatutos de la Mancomunidad y el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua capacidad para la suscripción de la presente adenda de modificación y prórroga del convenio de colaboración, y

MANIFIESTAN

Primero

El día 1 de diciembre de 2022 se firmó un convenio entre la Comunidad de Madrid, y la Mancomunidad La Encina para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Segundo

La cláusula décima de dicho convenio faculta a las partes para prorrogar su vigencia mediante acuerdo expreso formalizado con anterioridad a la finalización de su vigencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, durante un plazo máximo de 4 años. En virtud de la misma ha sido prorrogado para el ejercicio 2024.

Tercero

En la misma cláusula décima se contempla, además, la posibilidad de modificar el convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

Cuarto

El objetivo de la tramitación de la presente adenda es en primer lugar, adaptar la financiación establecida en el convenio al nuevo tramo de población conforme a los últimos datos oficiales del INE (año 2023). Ello supone modificar la cláusula tercera y los anexos I y II del convenio. Y, en segundo lugar, prorrogar la vigencia de dicho convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, ratificando en todos sus términos su objeto y contenido obligacional.

Quinto

De conformidad con lo previsto en la cláusula novena del convenio, la Comisión de Seguimiento emitió informe favorable sobre las modificaciones incluidas en esta nueva adenda.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, ambas partes acuerdan la formalización de la presente adenda de modificación y prórroga del convenio, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Modificación de la cláusula tercera, “Financiación”

Se modifica la cláusula tercera, quedando redactada de la siguiente manera:

El coste total de este convenio asciende a la cantidad de 245.601,91 euros, de acuerdo con la distribución que se establece en cada uno de los anexos I y II.

La financiación a cargo de la Consejería competente, en materia de mujer, asciende a la cantidad de 243.044,49 euros, con la siguiente distribución:

— Programa contra la violencia de género: 213.713,83 euros. La aportación de la Comunidad de Madrid correspondiente al Funcionamiento del Punto Municipal del Observatorio Regional contra la Violencia de Género irá con cargo a la Partida 46309, del Programa 232B de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025. La aportación de la Comunidad de Madrid correspondiente a las actuaciones en materia de sensibilización y prevención de la violencia de género y a otras prestaciones y ayudas de carácter complementario, serán financiadas a través de los Fondos de Pacto de Estado, con cargo a la partida 46309, del Programa 232B de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025.

— Programa de promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres: 29.330,66 euros. La aportación de la Comunidad de Madrid correspondiente a las actuaciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo irá con cargo a la Partida 46200, del Programa 232B de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025. La aportación de la Comunidad de Madrid correspondiente a las actuaciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades en materia de salud y cultura y el acceso a la sociedad de la información y las actuaciones en materia de participación social y de incorporación de la perspectiva de género a la Administración Local irán con cargo a la partida 46309, del Programa 232B de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025. Las actuaciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo del Programa de promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres serán cofinanciadas en un 40 por 100 por el Programa Operativo FSE+ de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2027. La aceptación de esta financiación implica la aceptación de su inclusión como beneficiario en la lista de operaciones publicada de conformidad con el artículo 49 del Reglamento (UE) número 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 de disposiciones comunes.

La Mancomunidad La Encina aportará la cantidad de 2.557,42 euros.

El desglose de los conceptos financiados y la participación de cada una de las Administraciones firmantes figuran detallados en cada uno de los citados anexos I y II.

En todo caso, las cuantías reseñadas en cada uno de los anexos se entenderán limitativas, no permitiéndose, en ningún caso, el trasvase presupuestario entre los Programas de este convenio: Programa contra la violencia de género y Programa de Promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Segunda

Modificación del anexo I

El anexo I, en lo relativo a la financiación económica, queda redactado de la siguiente manera, atendiendo al reajuste presupuestario en función del paso de aplicar el tramo poblacional y asignación económica en el Programa de asistencia integral y multidisciplinar a las víctimas de violencia de género, según el último censo de población publicado por el INE (enero de 2023) correspondiente a la Mancomunidad La Encina:

Tercera

Modificación del Anexo II

El Anexo II, en lo relativo a la financiación económica, queda redactado de la siguiente manera, atendiendo al reajuste presupuestario en función del paso de aplicar el tramo poblacional y asignación económica en el Programa de promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, según el último censo de población publicado por el INE (enero de 2023) correspondiente a la Mancomunidad La Encina:

Cuarta

Prórroga para el año 2025

Las partes firmantes del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Mancomunidad La Encina, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, suscrito en de diciembre de 2022, acuerdan prorrogar la vigencia de dicho convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, ratificando en todos sus términos su objeto y contenido obligacional.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente prórroga, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 26 de noviembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—La Presidenta de la Mancomunidad La Encina, María Belén Garrido Valencia.

(03/19.771/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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