Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
13-12-2024

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241213-86

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

PERSONAL

86
Tres Cantos. Personal. Relación puestos trabajo

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2024, acuerdo número 067/2024, ha aprobado la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Tres Cantos, con las siguientes características, con efectos de 1 de enero de 2025:

— Modificar el puesto con código número 43, pasando a denominarse Técnico de Igualdad.

“La plaza ha quedado vacante por jubilación, y se adecúan la denominación y la titulación exigida a las actuales exigencias del sector”.

— Incluir como forma de provisión a todos los puestos de Jefe de Servicio y Jefe de Área del Subgrupo A1, además de la que tengan hasta ahora, la de libre designación e incluir en todos los puestos de los grupos A1 y A2 que se podrán proveer por los procedimientos de provisión previstos en las fichas descriptivas y abiertos a todas las Administraciones Públicas, a excepción del Cuerpo de la Policía Local y los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

“Debido a el alto número de jubilación que se esperan en la plantilla para los próximos años, abrimos la provisión de puestos a sistemas más ágiles y rápidos contemplados en la Ley que nos permitan realizar este relevo en los puntos técnicos del Ayuntamiento tratando de buscar causar el menor impacto en la prestación de los servicios”.

— Amortizar tres puestos de Gestor Administrativo por la promoción interna de sus titulares a Jefes de Negociado.

“Finalizada la promoción interna, carece de sentido mantener estos puestos sin plaza creados solo por la diferencia retributiva”.

— Modificación del puesto de Jefe de Protección Civil y Responsabilidad Patrimonial C. P. 25 pasando sólo a ocuparlo funcionarios del subgrupo A2.

“La plaza ha quedado vacante por jubilación, y se adecúa el subgrupo a lo correspondiente para un Jefe de Servicio”.

— Amortizar un puesto de Conserje C. P. 53.

“Como viene realizándose en ejercicios anteriores, al eliminar el puesto de la plantilla presupuestaría, se elimina de la RPT”.

— Crear tres puestos de Policía C. P.65.

“Al crear los puestos en la plantilla presupuestaría, se añaden a la RPT”.

— Crear un puesto de Auxiliar Administrativo C. P.55.

“Al crear el puesto en la plantilla presupuestaría, se añaden a la RPT”.

— Crear un puesto de T.A.G. C. P. 74 y crear un puesto de Asesor/a Educativo. C.P. 73.

“Al crear los puestos en la plantilla presupuestaría, se añaden a la RPT”.

— Cambiar la denominación del puesto de Intendente C. P. 4 por la de Comisario.

“Tal y como establece la normativa vigente”.

— Cambiar la denominación del puesto de Animador/a Sociocultural de Festejos C. P. 26 por la de Animador/a Sociocultural de Cultura, Festejos y Participación Ciudadana, cambiar la denominación del puesto de Coordinador/a Sociocultural y de Participación Ciudadana C. P. 27 por la de Coordinador/a Sociocultural de Cultura, Festejos y de Participación Ciudadana, cambiar la denominación del puesto de Monitor/a Sociocultural y de Participación Ciudadana C. P. 42 por la de Monitor/a Sociocultural de Cultura, Festejos y de Participación Ciudadana C. P.

“Se adecúa la denominación de los puestos a la realidad de los servicios que vienen prestando los empleados municipales.

Lo que se hace público de acuerdo con lo establecido en el artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público.

Asimismo se pone en conocimiento de todos los interesados que contra este acuerdo, y según lo establecido en los artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el órgano municipal que dictó la resolución, o ante el delegante en caso de haberse dictado por delegación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, o directamente recurso Contencioso-administrativo ante los Juzgados de la Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contado asimismo a partir de dicho momento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/2018, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer.

Tres Cantos, a 3 de diciembre de 2024.—La concejala-delegada de Recursos Humanos y Vivienda, Ana Isabel Pérez Baos.

(03/19.936/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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