Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
13-12-2024

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241213-89

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO

RÉGIMEN ECONÓMICO

89
Villa del Prado. Régimen económico. Modificación presupuestaria

De conformidad con el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el REAL Decreto Legislativo 2/2024, de 5 de marzo, han resultado aprobadas las dos modificaciones presupuestarias (modificación 08/2024 suplemento de crédito, modificación 09/2024 crédito extraordinario) al no haberse presentado reclamación alguna durante el plazo de exposición pública.

Estas modificaciones se financian con mayores ingresos:

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 26/1988, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Villa del Prado, a 11 de diciembre de 2024.—La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.

(03/20.499/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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