Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
14-12-2024

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241214-13

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

13
ADENDA de 23 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio en materia de asistencia jurídica entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de La Carpetania”, de Getafe (Madrid), de 12 de julio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 150, de 26 de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D. Rafael García González, como Presidente del Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de La Carpetania” de Getafe, y actuando como tal, de conformidad con el Acuerdo de 1 de agosto de 2017, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 183, de 3 de agosto de 2017), por el que se designa Presidente del Consorcio “al titular de la Viceconsejería competente en materia de urbanismo”, y con el Decreto 138/2023, de 5 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 159, de 6 de julio de 2023), en el que se acuerda su nombramiento como Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio; y D. Ramón Cubián Martínez, Director General de Suelo, nombrado por Decreto 151/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 159, de 6 de julio de 2023), actuando en condición de Vocal del Consejo de Administración representante de la Comunidad de Madrid, de forma mancomunada en representación del citado Consorcio Urbanístico en virtud de delegación efectuada por acuerdo del Consejo de Administración del mismo de fecha 6 de junio de 2024.

Las Partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente Adenda de prórroga y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero

Con fecha de 12 de julio de 2024 fue suscrito el Convenio de asistencia jurídica al Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de La Carpetania” de Getafe (Madrid), pactándose una duración inicial del mismo que finaliza el 31 de diciembre de 2024.

Dicho convenio tiene por objeto establecer el marco regulatorio de la asistencia y asesoramiento jurídico y/o representación y defensa en juicio realizada por los Letrados de la Comunidad de Madrid al Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de La Carpetania” de Getafe (Madrid), a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, y su normativa de desarrollo.

Segundo

El artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula la duración y régimen de prórrogas de los convenios, disponiendo su apartado 2.o que, en cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia pactado, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción. En términos semejantes se expresa la cláusula cuarta del convenio cuya prórroga se pretende.

Tercero

Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente acordar su prórroga por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2025, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.

Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga del convenio

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes acuerdan prorrogar el Convenio de asistencia jurídica al Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de La Carpetania” de Getafe (Madrid), de 12 de julio de 2024, hasta el 31 de diciembre de 2025.

Segunda

Mantenimiento y vigencia del resto de cláusulas

Todas las restantes obligaciones asumidas por las partes firmantes en virtud del Convenio que ahora se prorroga se mantienen expresamente vigentes y sin cambios hasta la expiración del plazo de prórroga objeto de la presente Adenda.

Y, siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente Adenda de prórroga.

Madrid, a 23 de noviembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel García Martín.—Por el C. U. “Parque Empresarial de la Carpetania”, Rafael García González y Ramón Cubián Martínez.

(03/19.979/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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