Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
20-12-2024

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241220-15

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 5136/2024, de 2 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se reconoce una nueva beneficiaria de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación correspondientes al año 2023.

Mediante la Orden 2053/2022, de 19 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, se establecieron las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación.

En virtud de la Orden 5067/2023, de 27 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, se aprobó la convocatoria de ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación correspondientes al año 2023. Su extracto fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 12, de 15 de enero de 2024.

La citada convocatoria fue resuelta por la Orden 3454/2024, de 8 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades.

La Universidad Antonio de Nebrija dirige escrito a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, por la que informa de la renuncia expresa al contrato de personal investigador predoctoral en formación, efectuada por la doctoranda correspondiente al expediente PIPF-2023/PH-HUM-30387, por lo que en consecuencia procedía a desistir de su solicitud con número de expediente PIPF-2023/PH-HUM-30387.

Conforme a lo establecido en el dispongo undécimo de la Orden 5067/2023, de 27 de diciembre, la Comisión de Selección se reunió el 8 de julio de 2024 estableciendo una lista de reserva, para que en el caso de que renunciase a la subvención alguno de los beneficiarios reconocidos en la orden de resolución de la convocatoria, el órgano concedente pudiese acordar, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes incluidos en dicha lista, por el orden establecido en la misma.

El anexo II de la Orden 3454/2024, de 8 de agosto, estableció la lista de reserva ordenada por puntuación dentro de cada área científico técnica.

En el área procesos humanos y sociales (PH-HUM) figura en primer lugar, con la mayor puntuación, el expediente PIPF-2023/ PH-HUM-30645 de la Universidad Complutense de Madrid. Con fecha 8 de noviembre la Universidad Complutense de Madrid renuncia a la ayuda correspondiente al expediente PIPF-2023/ PH-HUM-30645. En el segundo lugar de la lista de reserva de dicha área de conocimiento, figura el expediente PIPF-2023/PH-HUM-30792 de la Universidad Complutense de Madrid. Procede, por tanto, reconocer la ayuda al expediente con número de referencia PIPF-2023/PH-HUM-30792.

De conformidad con lo dispuesto en la normativa anteriormente aludida, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero

Conceder la ayuda al beneficiario que se cita en el anexo I de esta orden para financiar la contratación de un contrato de personal investigador predoctoral en formación por un importe de 116.630,38 euros con cargo al subconcepto 78200 del programa 466A del Presupuesto General de Gastos de la Comunidad de Madrid.

La financiación de los gastos serán los indicados en el apartado 1 del dispongo decimosexto de la Orden 5067/2023, 27 de diciembre, que están distribuidos de la siguiente manera:

El pago de la subvención se transferirá por anualidades completas al organismo adjudicatario de la ayuda, con carácter previo a la justificación y sin necesidad de constituir garantía, de acuerdo con lo previsto el artículo 16.1.c) de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid. En todo caso, los pagos requerirán la acreditación de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, con la Comunidad de Madrid, así como en el pago de obligaciones por reintegro.

Segundo

Conceder un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para formalizar el contrato que deberá enviarse a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica a través del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común dirigiendo las solicitudes, escritos y comunicaciones a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.

En el contrato deberá figurar la fecha de incorporación al centro de trabajo, que será en todo caso dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha en que tuvo lugar la publicación de la resolución de concesión.

La fecha de incorporación que figure en el contrato de trabajo es la fecha de inicio y ejecución de la ayuda. La incorporación a su centro de trabajo deberá producirse el primer día del mes que corresponda, dentro del plazo de 4 meses establecido en el párrafo anterior.

Tercero

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 2 de diciembre de 2024.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/20.433/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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