Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250103-8

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

8
RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelven las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de turno libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 666/2021, de 25 de noviembre, de la Consejería de economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre), se convocaron dos procesos selectivos para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, cuyas plazas fueron objeto de ampliación mediante Orden 1081/2022, de 25 de mayo, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 133, de 6 de junio).

De conformidad con lo dispuesto en la base octava de la orden anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por el tribunal calificador de las citadas pruebas la relación definitiva de personas aspirantes que han aprobado en el referido proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquéllas a la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la señalada orden de convocatoria.

En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

RESUELVE

Primero

Declarar, a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que han superado el mismo las personas aspirantes incluidas en las relaciones que se incorporan como Anexo I y II de la presente resolución.

Segundo

1. Con objeto de proceder a su nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias de referencia, las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar la documentación que se especifica a continuación, exigida en el apartado primero y segundo de base segunda de la aludida Orden 666/2021, de 25 de noviembre y, por remisión expresa, en el apartado primero de la base sexta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio) que será dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo:

A) Copia del Documento Nacional de Identidad o equivalente y, en su caso, de la demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos de la base sexta, apartado 1.b) de la citada Orden 290/2018, de 27 de junio.

B) Copia del título de Ingeniero o del título de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de las distintas profesiones de Ingeniero.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

C) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados, que habrá de ser proporcionada a las personas aspirantes aprobadas, en el mismo plazo contemplado en este apartado segundo, por la citada Dirección General de Recursos Humanos, sin perjuicio de que dicha relación se encuentre igualmente disponible, a título meramente informativo, en las siguientes páginas:

Turno Libre: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ingeniero-superior-ordenac...

Promoción Interna: https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/ingeniero-s...

2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van referidas las mismas, salvo si la persona interesada se opusiera expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el modelo al que se hace mención en el punto 3 de este apartado segundo.

Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando la persona aspirante hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación comprendida en la letra B).

3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado “Formulario de elección de plaza” y adjuntándose a aquellos la documentación correspondiente que hubiera de aportarse, que se encontrará disponible en el trámite correspondiente a estos procesos selectivos publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuyas URL son:

Turno Libre: https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/ingenieria-superior-1 .

Promoción Interna: https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/ingenieria-superior-2

Asimismo, dicho trámite estará enlazado en las páginas web del proceso selectivo accesible desde

Turno Libre: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ingeniero-superior-ordenac...

Promoción Interna: https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/ingeniero-s...

A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros citados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

Tercero

De acuerdo con lo expresado en el apartado segundo de base segunda de la ya reiterada Orden 666/2021, de 25 de noviembre, a efectos de la acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado segundo de la base segunda por los aspirantes del turno de promoción interna que han superado las señaladas pruebas selectivas, la aludida Dirección General de Recursos Humanos realizará las comprobaciones oportunas de tal extremo.

Cuarto

De conformidad con lo dispuesto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la señalada Orden 290/2018, de 27 de junio, aquellas personas aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Quinto

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2024.—La Directora General de Función Pública, P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.



(03/21.150/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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