Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2025

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250110-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

19
ORDEN de 26 de diciembre de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2024 para financiar las ayudas del Bono Alquiler Joven.

Mediante el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero (“Boletín Oficial del Estado” núm. 16, de 19 de enero de 2022), se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. El artículo 4 del citado real decreto, establece que corresponde a los órganos competentes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla la ordenación, instrucción, tramitación, resolución de los procedimientos de concesión y el pago de las ayudas del Bono Alquiler Joven, así mismo determina que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana transferirá fondos a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para atender a la ayuda del Bono Alquiler Joven mediante resoluciones de transferencia de crédito cuya aceptación deberá ser comunicada al referido Ministerio.

En el caso de la Comunidad de Madrid, con fecha 22 de noviembre de 2024, la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación resolvió la aceptación de la Resolución de la Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, de 21 de noviembre de 2024, por la que se acuerdan las transferencias del crédito y se formalizan los compromisos resultantes con la Comunidad de Madrid de 31.800.000,00 euros en el ejercicio 2024.

En relación con lo anterior, la Comunidad de Madrid aprobó el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de diciembre de 2024 por el que se autoriza la concesión directa de las subvenciones del Bono Alquiler Joven reguladas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, se autoriza el procedimiento aplicable para la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago en la Comunidad de Madrid y se autoriza un gasto plurianual por importe de 31.800.000 euros para la concesión de subvenciones en el ejercicio 2024 y que será publicado en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4.5 y 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras la concesión de las ayudas y la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión. En consecuencia y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Primero

Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, relativas a la anualidad 2024 del Bono Alquiler Joven, por un importe total de 31.800.000,00 euros, con la distribución estimativa de anualidades que se indica a continuación, pudiendo producirse redistribución entre las anualidades referidas en función de solicitudes recibidas:

— Anualidad 2024: 0 euros.

— Anualidad 2025: 26.900.000 euros.

— Anualidad 2026: 4.900.000 euros.

Segundo

El crédito disponible será con cargo al subconcepto 48313 “Ayudas a Emancipación de Jóvenes” del programa presupuestario 261A, del presupuesto de gastos de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 26 de diciembre de 2024.

El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, JORGE RODRIGO DOMÍNGUEZ

(03/21.657/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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