Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
13-01-2025

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250113-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

OFERTAS DE EMPLEO

61
Rivas-Vaciamadrid. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Relación provisional de personas admitidas y excluidas para la cobertura de plazas, en turno de promoción interna del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de los procesos selectivos que a continuación se detallan, se procede a su revisión, teniendo en cuenta lo establecido en las bases de la convocatoria.

El concejal-delegado de Organización y Función Pública, por delegación de la Alcaldía (decreto n.o 1143/20, de 10 de julio) aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas mediante:

— Decreto 2024-3420; encargado/a n.o de ref.28287/2024.

— Decreto 2024-3419; almacenero/a, n.o de ref. 28283/2024.

— Decreto 2024-3418; oficial/a 1.a telecomunicaciones, n.o de ref.28288/2024.

Por ello:

1.o Los listados completos de personas provisionalmente admitidas y excluidas, serán publicados íntegramente en la sede electrónica:

https://sede-electronica.rivasciudad.es/oferta-empleo/ así como en https://rivasciudad.convoca.online/

2.o Se abre un plazo de subsanación para que las personas excluidas expresamente, así como las que no figuran en la relación de personas admitidas ni en la de excluidas, dispongan de un plazo único e improrrogable de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa a través del siguiente enlace https://rivasciudad.convoca.online/

Informando que según establece al artículo 68 de la LPAC y las bases que rigen los procesos selectivos, no todos los trámites pueden ser objeto de subsanación. No se podrá añadir nuevos documentos que no fueron presentados en tiempo y forma. Solo será subsanable la aclaración de la documentación ya presentada. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a su admisión, serán definitivamente excluidos y excluidas del proceso selectivo.

Las personas admitidas, si en cualquier momento del proceso se comprueba que no poseen alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el proceso.

Lo que se informa para general conocimiento y efectos oportunos.

Rivas-Vaciamadrid, a 30 de diciembre de 2024.—El concejal-delegado de Organización y Función Pública, Alberto Cabeza Saco.

(03/21.722/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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