Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2025

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250116-69

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

69
Madrid. Presidencia. Calendario de guardias Juzgados de Móstoles

PRESIDENCIA

Calendario de guardias para el año 2025 de los partidos judiciales del ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha sido aprobado por la Sala de Gobierno número de este Tribunal Superior de la sesión celebrada el 11 de noviembre de 2025, para su publicación en ese BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 46.2 del Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.

Nota informativa: en caso de que, durante cualquier guardia se produjera algún suceso extraordinario que, por su especial magnitud o importancia, o por la necesidad de practicar de modo inmediato múltiples diligencias, supere las posibilidades razonables de actuación del Juzgado de turno, se incorporarán de inmediato los siguientes turno, que coadyuvarán a las actividades de guardia:

l. Al Juzgado de Instrucción número 1 coadyuvará el Juzgado de Instrucción número 4, y a la inversa.

2. Al Juzgado de Instrucción número 2 coadyuvará el Juzgado de Instrucción número 5, y a la inversa.

3. Al Juzgado de Instrucción número 3 coadyuvará el Juzgado de Instrucción número 6, y a la inversa.

Si fuera necesaria la colaboración de más Juzgados, serían llamados en el siguiente orden:

1. Encontrándose de Guardia el JI número l: los JI número 3, 5, 2 y 6, por el orden indicado.

2. Encontrándose de Guardia el JI número 2: los JI número 4, 6, 3 y I, por el orden indicado.

3. Encontrándose de Guardia el JI número 3: los JI número 5, I, 2 y 4, por el orden indicado.

4. Encontrándose de Guardia el JI número 4: los JI número 6, 2, 3 y 5, por el orden indicado.

5. Encontrándose de Guardia el JI número 5: los JI número 1, 3, 6 y 4, por el orden indicado.

6. Encontrándose de Guardia el JI número 6: los JI número 2, 4, 5 y I, por el orden indicado.

El indicado orden de llamamientos se entiende realizado por Juzgado, de tal forma que si el Magistrado o Letrado de la Administración de Justicia titular del órgano que ha de entrar a coadyuvar con el Juzgado de Guardia número estuviera disponible, entraría en juego el régimen de sustitución ordinaria previsto en Acuerdo aprobado en Junta de Jueces de 7 de febrero de 2013 0, en su caso, el régimen de sustitución ordinaria aprobado por Junta Sectorial de Secretarios Judiciales.

Para el correcto funcionamiento del mencionado régimen de sustituciones, los Letrados de la Administración de Justicia deberán tener a su disposición los datos de localización de todos los integrantes de los Juzgados de Instrucción del Partido Judicial.

Madrid, a 13 de diciembre de 2024.—El presidente, Celso Rodríguez Padrón.

(03/21.212/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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