Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2025

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250120-13

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

13
EXTRACTO de la Orden 5600/2024, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria del año 2024 de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid en la modalidad de proyectos sinérgicos de I+D.

BDNS 804156

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid/ ).

Primero

Beneficiarios

Podrán tener la condición de entidades beneficiarias aquellas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Orden 2402/2024, de 31 de mayo, en el momento de presentación de la solicitud.

Segundo

Objeto

El objeto de esta orden de convocatoria, correspondiente al año 2024, es regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, de subvenciones de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid en la modalidad de proyectos sinérgicos de I+D.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 2402/2024, de 31 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 13 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Cuantía y duración de las ayudas

El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a 12.000.000 euros y se distribuirá anualmente como sigue:

Pudiéndose incrementar con una cuantía adicional de hasta el 50 por 100 del importe total, cuando, como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 65 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, se produzca un aumento del crédito disponible antes de la concesión de las ayudas.

La cuantía de la ayuda será de un máximo de 300.000 euros por proyecto sinérgico de I+D y año.

Las ayudas se concederán en la modalidad de subvención y tendrán una duración de tres años.

Quinto

Criterios de evaluación

1. La evaluación de las solicitudes se hará según lo establecido en el artículo 18 de la Orden 2402/2024, de 31 de mayo.

2. Se otorgará a cada solicitud una puntuación de 0 a 100 puntos. Las solicitudes deberán alcanzar una puntuación mínima de 85 puntos en la evaluación científico-técnica para poder ser seleccionadas.

3. Las solicitudes se evaluarán de acuerdo con los siguientes criterios científico-técnicos, teniendo todos ellos la misma ponderación sobre la puntuación final:

a) Excelencia del proyecto sinérgico. De 0 a 65 puntos. Se valorará la claridad, originalidad, solidez y la excelencia científica del proyecto sinérgico de I+D presentado. Se valorará la contribución del proyecto sinérgico de I+D a la resolución de problemas y el avance del conocimiento a nivel disciplinar e interdisciplinar Se valorará que la propuesta demuestre de forma clara la complementariedad y valor añadido, manifieste expresamente el efecto sinérgico de la misma y porque no es posible desarrollarla de forma individual por cada grupo de investigación.

b) Calidad del consorcio que desarrolla el proyecto sinérgico. De 0 a 35 puntos. Se evaluará la calidad científica y técnica de los grupos de investigación y la capacidad de liderazgo del grupo investigador coordinador.

4. Se aplicará como criterio de desempate el que tenga mayor puntuación en los criterios de evaluación en el orden establecido en el apartado 3. Si persistiese el empate, este será dirimido por la comisión de selección.

Sexto

Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán por las entidades solicitantes coordinadoras de los proyectos sinérgicos de I+D en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta orden de convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 5 de diciembre de 2024.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/208/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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