Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
24-01-2025

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250124-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Daganzo de Arriba. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

D. Manuel Jurado Marrufo, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Daganzo de Arriba (Madrid), haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 41 del R. D. 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo:

Primero.—Avocar a favor de esta Alcaldía la delegación de atribuciones del Área de Recursos Humanos que actualmente ostenta la concejala D.a Miriam Galán Camisón, realizado por decreto 2023/1599, de 17 de junio de 2023.

Segundo.—Avocar a D.a Miriam Galán Camisón las competencias delegadas del Área de Mujer e Igualdad y Juventud, realizadas por decreto 2023/1599, de 17 de junio de 2023 y atribuírselas a favor de la concejala D.a M.a Elena Pérez Cascón.

Tercero.—La presente resolución tendrá efectos desde el momento de la firma.

Cuarto.—Dar cuenta del presente decreto en la próxima sesión ordinaria que celebre el Pleno de la Corporación, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y a los efectos previstos en el artículo 22.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases Locales.

Dado en Daganzo de Arriba, a 14 de enero de 2025.—El alcalde-presidente (firmado).

(03/611/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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