Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250129-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

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Alcalá de Henares. Urbanismo. Plan general

La Junta de Gobierno Local de esta ciudad, en sesión celebrada el día 13 de diciembre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo en relación con el Proyecto de Normalización en el ámbito de la Unidad de Actuación UA-19, Polígono 13-A del PGOU, presentado por la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S. A. (SAREB), y la Sociedad Inmochan España. S. A. U. (actualmente Ceetrus Urban Player Spain, S. A.), que dice lo que sigue:

1.o Aprobación definitiva del Proyecto de Normalización en el ámbito de la Unidad de Actuación UA-19, Polígono 13-A del PGOU, presentado por la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S. A. (SAREB), y la sociedad Inmochan España. S. A. U. (actualmente Ceetrus Urban Player Spain, S. A.), de conformidad con lo establecido en el artículo 121 del Reglamento de Gestión Urbanística el acuerdo deberá protocolizarse notarialmente y remitirse al Registro de la propiedad para su oportuna toma de razón.

2.o El acuerdo deberá ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en un periódico de los de mayor difusión, en el Tablón de Edictos Municipal, así como en la página web municipal, notificándose individualmente a la propiedad y a aquellos que aparezcan como interesados en el expediente.

Frente al presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá Ud. interponer recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en el plazo de un mes, contado dese el día siguiente al de su notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid que corresponda en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

En el supuesto de que interponga el recurso potestativo de reposición, este se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por este ayuntamiento en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado antes citado por el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente al de terminación del plazo para resolver expresamente. Si dicho recurso potestativo de reposición fuera expresamente resuelto por este Ayuntamiento, el plazo para interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses, contados a partir del día siguiente aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición.

Todo ello según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que Ud. considere ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

Alcalá de Henares, a 13 de enero de 2025.—La T. A. G. de Urbanismo y Coordinadora del Servicio de Licencias y Actividades, P. D. F., del Secretario Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local de fecha 23 de junio de 2023, M.a Ángeles Chincolla Bernaza.

(02/419/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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