Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2025

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250131-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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EXTRACTO de la Orden 127/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se articula para el año 2025, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, financiados por el FEAGA y se convocan las solicitudes de pago de las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al sistema integrado de gestión y control cofinanciadas por el FEADER, “Solicitud Única, ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras”.

BDNS (código de identificación): 810484

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).

Primero

Objeto

Establecer las disposiciones de aplicación de las ayudas de pagos directos a los agricultores y ganaderos en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) que se convocan para el año 2025 de conformidad con el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control. Que deberán realizar los solicitantes cuya explotación radique en la Comunidad de Madrid o la mayor parte de la superficie agraria de la misma y en caso de no disponer de superficie agraria si se encuentran en la Comunidad de Madrid el mayor número de animales, que deseen solicitar la siguiente ayuda:

— La ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras de acuerdo con lo establecido en el título III, capitulo II, sección 3.a del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.

Segundo

Bases reguladoras

Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.

Tercero

Financiación

Las ayudas directas se financian íntegramente por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).

Cuarto

Plazo presentación solicitudes

El plazo de presentación de la solicitud única se iniciará el 1 de febrero de 2025 y finalizará el 30 de abril de 2025, ambos inclusive.

Quinto

Otros datos

La solicitud única se dirigirá a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y se presentará de forma telemática, a través de la dirección web: https://gestiona3.madrid.org/SgaCac/ProdInd . Para ello será imprescindible la utilización de DNI electrónico o certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 20 de enero de 2025.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 72, de 25 de marzo de 2024), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.

(03/1.086/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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