Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2025

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250204-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COBEÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Cobeña. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de ayudas con destino a la adquisición de material no curricular de uso directo para los niños y jóvenes de Cobeña, que pueda resultar necesario para el desarrollo de actividades culturales y deportivas, por procedimiento de concurrencia competitiva y tramitación anticipada.

BDNS (Identif.): 810812

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( www.infosubvenciones.es ) y en la página web del Ayuntamiento de Cobeña.

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios todos aquellos que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en Cobeña a la fecha de 30 de junio de 2024.

b) Que todos los miembros de la unidad familiar estén al corriente de pago con la Hacienda municipal, AEAT y la Seguridad Social a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

c) Aportar, junto con la solicitud, en el caso en que proceda, la documentación que se exige en las presentes bases reguladoras.

d) No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) Que los solicitantes tengan DNI o NIE.

Segundo. Objeto.—Las presentes ayudas tienen por objeto colaborar en la financiación de los gastos derivados de la práctica y/o realización de actividades culturales y deportivas incluida la adquisición de material no curricular de uso directo para la práctica de estas actividades, y está dirigida a los niños y jóvenes de Cobeña con edades comprendidas entre los 3 y 17 años.

Tercero. Bases reguladoras.—Las Bases reguladoras de la concesión de esta subvención están contenidas en la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Cobeña, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 135 de 8 de junio de 2005 y posterior modificación publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 180 de 31 de julio de 2013.

Cuarto. Cuantía.—La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2025.326.480 del presupuesto general municipal del ejercicio 2025, por importe total máximo de 60.000 euros.

Esta cuantía total máxima tiene carácter estimado, puesto que está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolución de la concesión.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será del 1 de marzo al 15 de abril de 2025.

Sexto. Otros datos.—Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial, que se aprueba junto con la convocatoria y que puede obtenerse en el Ayuntamiento de Cobeña y en el tablón de anuncios de la sede electrónica ( http://sede.ayto-cobena.org/ )

La solicitud deberá ser cumplimentada y firmada por el padre, la madre o el tutor o tutora del beneficiario (menor de edad), en cuyo domicilio se encuentre empadronado.

En Cobeña, a 23 de enero de 2025.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.

(03/1.354/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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