Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2025

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250205-39

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

39
EXTRACTO de la Resolución del Vicerrectorado de Estudios de Grado y Acceso, por la que se convocan las Ayudas al estudio para Situaciones Socioeconómicas Desfavorables. Curso 2024-2025.

BDNS (Identif.): 811549

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/811549 ).

Primero

Convocatoria

La presente convocatoria consiste en un conjunto de ayudas destinadas a facilitar que los estudiantes afectados por situaciones socioeconómicas desfavorables puedan iniciar o continuar sus estudios universitarios conducentes a títulos oficiales de grado y máster correspondientes al curso académico 2024-2025.

Segundo

Beneficiarios

Podrán solicitar las presentes ayudas el estudiantado que en el curso 2024-2025, cursen estudios universitarios conducentes a títulos oficiales de Grado o Máster en la Universidad de Alcalá y que, entre otros requisitos, no superen una determinada renta además de unos determinados requisitos de aprovechamiento académico.

Tercero

Solicitudes

Los interesados deberán cumplimentar la solicitud telemática que estará disponible en la página web de la UAH y presentar escaneada la documentación requerida siguiendo las indicaciones de la solicitud electrónica.

El plazo de presentación de las solicitudes será del 12 de febrero de 2025, al 6 de marzo de 2025 (ambos inclusive).

Cuarto

Ayudas

a) Ayuda para el coste de los precios públicos en primera y segunda matrícula. El importe de la ayuda se destinará a cubrir total o parcialmente la matrícula del curso académicos del estudiante. La cuantía máxima de la ayuda será el importe de los créditos en los que se haya matriculado el estudiante en el curso 2024-2025; no obstante, en el caso de estudios de grado, la cuantía de la ayuda en ningún caso superará el importe de los precios públicos de segunda matriculación correspondiente a un curso completo. En el caso de máster, el importe de la ayuda no podrá superar los 2.100 euros.

b) Ayuda al estudiantado con un buen aprovechamiento. Si existiese remanente tras el reparto de las ayudas indicadas en el párrafo anterior, se procederá a la concesión de esta ayuda. El remanente se distribuirá entre los beneficiarios a partes iguales hasta agotar la financiación existente.

Alcalá de Henares, a 28 de enero de 2025.—El Vicerrector de Estudios de Grado y Acceso de la Universidad de Alcalá, Jorge Pérez Serrano.

(03/1.383/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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