Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2025

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250211-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 248/2025, de 6 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes en el marco de los procedimientos previstos en la Orden 5585/2024, de 27 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, de selección de colegios públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad de Madrid en los que se llevará a cabo la implantación del Programa Bilingüe español-inglés en Educación Primaria en el curso 2025-2026, y en la Orden 5582/2024, de 27 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, de selección de institutos públicos de Educación Secundaria en los que se llevará a cabo la implantación del Programa Bilingüe español-inglés en el curso 2025-2026.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece, en su artículo 2.j), que entre los fines del sistema educativo español se encuentra la capacitación para la comunicación en una o más lenguas extranjeras de los alumnos. El artículo 17.f) dispone que la Educación Primaria contribuirá a adquirir por parte de los alumnos la competencia comunicativa básica que les permita expresar y comprender mensajes sencillos y desenvolverse en situaciones cotidianas en, al menos, una lengua extranjera. Asimismo, el artículo 23.i) prevé respecto de la Educación Secundaria Obligatoria, que esta tendrá como objetivo comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras de forma apropiada.

La Comunidad de Madrid, consciente de que la enseñanza de lenguas extranjeras, además de cumplir una función básica dispuesta en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el Decreto 61/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Primaria, y en el Decreto 65/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria, está integrada en la vida y organización de los centros, considera como objetivo prioritario ayudar a que los alumnos puedan acceder a una enseñanza de idiomas de calidad.

Con fecha 9 de enero de 2025, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Orden 5585/2024, de 27 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, de selección de colegios públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad de Madrid en los que se llevará a cabo la implantación del Programa Bilingüe español-inglés en Educación Primaria en el curso 2025-2026, y la Orden 5582/2024, de 27 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, de selección de institutos públicos de Educación Secundaria en los que se llevará a cabo la implantación del Programa Bilingüe español-inglés en el curso 2025-2026.

El dispongo segundo de la Orden 5585/2024, de 27 de diciembre, establece que podrán participar en la convocatoria de selección de colegios públicos de Educación Infantil y Primaria en los que se llevará a cabo la implantación del Programa bilingüe español-inglés en el curso 2025-2026, todos los colegios públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad que no formen parte del Programa. Igualmente, el dispongo segundo de la Orden 5582/2024, de 27 de diciembre, prevé que podrán participar en la convocatoria de selección de institutos públicos de Educación Secundaria en los que se llevará a cabo la implantación del Programa bilingüe todos los institutos públicos de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid.

Teniendo en cuenta las singulares circunstancias de este proceso de selección de centros, la documentación exigida para la presentación de proyectos, y el interés público y social de que todos ellos puedan hacer efectivo el derecho a la educación, mediante la Orden 5585/2024, de 27 de diciembre, y la Orden 5582/2024, de 27 de diciembre, se estableció un plazo de presentación de solicitudes para los centros interesados en desarrollar el Programa bilingüe español–inglés de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de estas órdenes en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El número de centros que han podido presentar su solicitud de proyecto educativo bilingüe según las orientaciones descritas en ambas disposiciones, de acuerdo con lo establecido por la Orden 5958/2010, de 7 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los colegios públicos bilingües de la Comunidad de Madrid, y la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos públicos bilingües español–inglés de la Comunidad de Madrid, ha sido especialmente reducido.

Una vez finalizado el plazo establecido en la Orden 5585/2024, de 27 de diciembre, y en la Orden 5582/2024, de 27 de diciembre, y teniendo en cuenta que existe crédito disponible, se establece un nuevo plazo de presentación de solicitudes de selección de nuevos colegios públicos de Educación Infantil y Primaria e institutos públicos de Educación Secundaria para favorecer la implantación del Programa bilingüe español-inglés para el curso 2025-2026.

En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero

La apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes para la selección de nuevos colegios públicos de Educación Infantil y Primaria e institutos públicos de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid para implantar el Programa bilingüe español–inglés de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Segundo

En lo relativo a la regulación del procedimiento de selección de centros, los requisitos, modo de presentación de las solicitudes, documentación a adjuntar, comisión de selección, difusión del programa y resolución de la convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Orden 5585/2024, de 27 de diciembre, y en la Orden 5582/2024, de 27 de diciembre.

Tercero

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 6 de febrero de 2025.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/1.995/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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