Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2025

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250211-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

71
Getafe. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

La Junta de Gobierno, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de enero de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:

“12. Proposición de la alcaldesa sobre delegación de competencias de la Junta de Gobierno en Concejalías-Delegadas, en favor de la Concejalía de Bienestar e Inclusión Social y Atención a la Discapacidad

En uso de las facultades que confiere a la Junta de Gobierno el artículo 15.1 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Getafe, por unanimidad se acuerda:

1. Modificar el Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno en sesión celebrada el 31 de enero de 2024, sobre delegaciones en Concejalías-Delegadas.

2. Delegar en la Concejalía de Bienestar e Inclusión Social y Atención a la Discapacidad las siguientes atribuciones:

a) Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo así como la autorización y compromiso de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.

b) La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones en su caso.

c) La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos previstos en el artículo 28 de la LCSP”.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Getafe, a 29 de enero de 2025.—El jefe de la Oficina de la Junta de Gobierno, Alfredo Carrero Santamaría.

(03/1.518/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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