Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250218-4

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

4
RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba y se hace pública la relación complementaria de aspirantes que superan el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 479/2021, de 15 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 270, de 12 de noviembre), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, cuyo número de plazas fue posteriormente ampliado mediante la Orden 1014/2022, de 10 de mayo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 131, de 3 de junio).

De conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo de la base novena de la citada Orden 479/2021, de 15 de octubre, y demás normativa de aplicación, una vez remitida por el tribunal calificador de las reseñadas pruebas la relación definitiva de personas aspirantes que han aprobado en el referido proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública procedió a dictar la Resolución de 28 de noviembre de 2024 comprensiva de dicha relación, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 299, de 16 de diciembre, y por la que se habilitaba un plazo de veinte días hábiles a los citados aspirantes para proceder a la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la señalada orden de convocatoria.

La Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, dispone en su base 14.4 que: “Con independencia del sistema selectivo, el tribunal de selección no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de carrera de un número superior de aprobados al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

No obstante lo anterior, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, podrá requerirse al tribunal de selección, relación complementaria de aspirantes que sigan a los propuestos, cuya calificación hubiese alcanzado el 50 por 100 de la puntuación total posible de la fase de oposición y hubiesen superado todos los ejercicios de la misma, para su nombramiento como funcionarios de carrera”.

Habiéndose presentado en tiempo y forma las renuncias de las aspirantes relacionadas a continuación, procede aprobar y hacer pública la relación complementaria de personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, a fin de proveer las plazas que, como consecuencia de las mismas, han quedado sin cubrir.

Renuncias:

— D.a María Helena Pérez López, DNI ***4161**.

— D.a María Teresa Damas Guerrero, DNI ***7734**.

— D.a María Aránzazu Mendiola Goicoechea, DNI ***4843**.

— D.a Elena Moya Yangüela, DNI ***1418**.

En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

RESUELVE

Primero

Aprobar la relación complementaria de personas aspirantes aprobadas a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que se incorpora como Anexo de la presente resolución.

Segundo

1. Con objeto de proceder a su nombramiento como personal funcionario de carrera del cuerpo de referencia, las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar la documentación que se especifica a continuación, exigida en la base segunda de la aludida Orden 479/2021, de 15 de octubre y, por remisión expresa, en el apartado 1 de la base sexta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), que será dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el punto de este apartado segundo:

A) Copia del Documento Nacional de Identidad, carnet de conducir o pasaporte, en vigor y, en su caso, de la demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos del apartado primero b) de la base sexta de la mencionada Orden 290/2018, de 27 de junio.

B) Copia del título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

C) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados, que habrá de ser proporcionada a las personas aspirantes aprobadas, en el mismo plazo contemplado en este apartado segundo, por la citada Dirección General de Recursos Humanos, sin perjuicio de que dicha relación se encuentre igualmente disponible, a título meramente informativo, en la página web: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-superiores-medioa...

2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación señalada en las letras A), y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van referidas las mismas, salvo si la persona interesada se opusiera expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el modelo al que se hace mención en el punto 3 de este apartado segundo.

Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando la persona interesada hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación comprendida en la letra B).

3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado “Formulario de elección de plaza”, que se encontrará disponible en el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/tecnico-superior-medioambien... y adjuntándose a aquel la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.

Asimismo, dicho trámite estará enlazado en la página web del proceso selectivo accesible desde https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-superiores-medioa...

A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros citados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

Tercero

De conformidad con lo dispuesto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la señalada Orden 290/2018, de 27 de junio, aquellas personas aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombradas personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Cuarto

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid a 30 de enero de 2025.—La Directora General de Función Pública, P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.

(03/2.037/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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