Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2025

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250220-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

72
Madrid número 18. Procedimiento 580/2024

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio sobre delitos leves número 580/2024 entre Mercadona y D./Dña. José María Martínez de Bartolomé Concellón y D./Dña. Gerandry Stuard de la Rosa Casilla por un presunto delito de Hurto, en cuyos autos se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo dice:

Sentencia n.o 309/24

En Madrid, a 14 de junio de 2024, el Iltmo. Sr. Don Ángel José Lera Carrasco, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción 18 de esta Ciudad Madrid, habiendo visto los autos de procedimiento de delitos leves, tramitados con el número 580/2024, sobre el presunto delito de hurto, con la intervención del Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados de Mercadona, representada y asistida de letrado, y Gerandry Stward de la Rosa Casilla.

Fallo

Que debo condenar y condeno a Gerandry Stward de la Rosa Casilla, como autor de un delito leve de hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de 15 días, con una cuota diaria de 2 euros, y con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas de este procedimiento, dejando sin efecto el depósito sobre los efectos, que quedarán de plena propiedad del establecimiento.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a D./Dña. Gerandry Stuard de la Rosa Casilla expido y firmo la presente.

En Madrid, a 16 de enero de 2025.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

(03/1.953/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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