Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2025

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250221-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Régimen económico. Calendario fiscal

Se hace público el calendario de recaudación, ejercicio fiscal 2025, aprobado por decreto de la Alcaldía, de 11 de febrero de 2025:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica:

• Período de cobranza en voluntaria, del 17 de febrero al 30 de abril de 2025:

— Impuesto sobre bienes inmuebles (de naturaleza urbana , rústica y características especiales):

• Período de cobranza en voluntaria, del 2 de junio al 30 de septiembre de 2025.

— Impuesto sobre actividades económicas:

• Período de cobranza en voluntaria, del 1 de octubre al 1 de diciembre de 2025.

— Tasa sobre recogida de basura:

• Período de cobranza en voluntaria, del 1 de octubre al 1 de diciembre de 2025.

Lugar de ingreso:

— Efectivo: en el Servicio de Recaudación, edificio municipal, sito en la calle Carretas, número 34, de Gargantilla del Lozoya, los días que se indicarán la web municipal www.gargantillaypinilla.madrid

— Mediante transferencia: en la cuentas municipales de recaudación.

Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio.

Todo ello de conformidad con los artículos 24 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

En Gargantilla del Lozoya, a 11 de febrero de 2025.—El alcalde-presidente, Rafael García Gutiérrez.

(01/2.293/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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