Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2025

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250227-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL

URBANISMO

62
Soto del Real. Urbanismo. Convenio urbanístico

Este Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2024, acordó la aprobación inicial del convenio para la Recepción de la Entidad Urbanística de Conservación Monte Real que figura en el anexo:

Transcurrido el plazo de treinta días de exposición pública, contados desde el 14-12-24 hasta el 31-01-25 (ambos incluidos), efectuada mediante anuncios publicados en el tablón de edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 299, de 13-12-24, sin que, durante el mismo, se presentasen reclamaciones o sugerencias, dicho acuerdo se entiende definitivamente aprobado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra el presente acuerdo definitivo podrá interponerse, con carácter previo, recurso de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID según establece el artículo 52.1 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la misma, a continuación, se inserta la dirección web donde puede consultarse el convenio para la Recepción de la Entidad Urbanística de Conservación de Monte Real:

https://www.ayto-sotodelreal.es/wp-content/uploads/2025/02/An-convenio-M...

Soto del Real, a 14 de febrero de 2025.—La alcaldesa, Noelia Barrado Olivares.

(02/2.480/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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