Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250303-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AJALVIR

URBANISMO

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Ajalvir. Urbanismo. Proyecto reparcelación

Por acuerdo del Pleno municipal de 16 de enero de 2025, se aprobó inicialmente la operación jurídica complementaria del proyecto de reparcelación del sector S-I-4-2 ITV de Ajalvir promovido por la sociedad S. C. I., Servicios de Control e Inspección, S. A., dicho acuerdo en su parte resolutiva dice:

Primero.—Aprobar inicialmente la operación jurídica complementaría del proyecto de reparcelación del sector S-I-4-2 ITV de Ajalvir promovido por la sociedad S. C. I., Servicios de Control e Inspección, S. A., como acto administrativo de carácter urbanístico que altera de manera no sustancial y perfecciona el instrumento de parcelación originario sin contradecir ni oponerse al plan que ejecuta.

Segundo.—Ordenar a cargo del promotor la publicación tanto del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para la apertura de un plazo de información pública de 20 días, durante los cuales los interesados podrán formular las alegaciones que estimen pertinentes, como del anuncio de aprobación definitiva si procede.

Tercero.—Cabe advertir a los interesados que a efectos de la aprobación definitiva deben aportarse notas simples actualizadas de las fincas registrales de las que trae causa la presente operación jurídica complementaria del proyecto de reparcelación del sector S-I-4-2 ITV de Ajalvir.

Cuarto.—Notificar la resolución que se dicte a los interesados a los efectos oportunos.

Lo que se hace público con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se abre un plazo de información pública por plazo de 20 días, a contar desde el siguiente de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del presente anuncio.

En Ajalvir, a 26 de febrero de 2025.—El alcalde, Víctor Miguel Malo Gómez.

(02/3.123/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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