Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2025

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250303-62

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

OFERTAS DE EMPLEO

62
Fuenlabrada. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 31 de enero de 2025, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero.—Aprobar la convocatoria de la siguiente plaza conforme por el procedimiento de selección de turno libre:

Segundo.—Aprobar las bases de la correspondiente convocatoria para proveer dicha plaza que se acompañan como Anexo.

Tercero.—Ordenar la publicación del presente acuerdo, así como el contenido de las bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de Inspector del Servicio de Policía Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada incluida en la plantilla de funcionarios/as de este Ayuntamiento, grupo A; subgrupo A2, escala ejecutiva, categoría Inspector de la Policía local, por el sistema de concurso oposición en promoción libre, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Fuenlabrada para el año 2024.

Requisitos de las y los aspirantes

Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas se deberá reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española.

b) Tener dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener documento acreditativo del título de Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.

d) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.

e) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las funciones.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

g) Carecer de antecedentes penales.

h) Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante declaración jurada o promesa.

i) No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este requisito será acreditado mediante certificación del Registro Central de delincuentes sexuales previsto en dicha ley orgánica.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia de la Corporación dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar y fecha de publicación de los miembros del tribunal.

Dicha resolución deberá publicarse en todo caso en el tablón de anuncios municipal y en la Sede Municipal ( http://www.ayto-fuenlabrada.es ).

Las bases íntegras se encuentran expuestas en el tablón de anuncios electrónico y en la página web del Ayuntamiento de Fuenlabrada www.ayto-fuenlabrada.es/

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

En Fuenlabrada, a 5 de febrero de 2025.—El director general de R. R. H. H., Rodrigo Martín Castaño.

(02/1.832/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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