Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2025

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250304-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

55
Becerril de la Sierra. Régimen económico. Calendario fiscal

Por el presente, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 102 de la Ley General Tributaria 58/2003, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se hace público para el general conocimiento que, por Resolución de Alcaldía 161-2025 de fecha 20 de febrero de 2025, se ha resuelto aprobar el calendario fiscal definitivo para el año 2025, el cual puede ser consultado junto con el resto de información al respecto, en la sede electrónica del Ayuntamiento, https://becerrildelasierra.sedelectronica.es en la sección Portal de Transparencia, Información y atención al ciudadano, Información Fiscal al Contribuyente así como en el tablón de anuncios de la misma, de acuerdo con el cual el período de cobranza será:

La Alcaldía podrá modificar el calendario cuando por motivos de índole técnica debidamente justificados, impidan la gestión de los recursos económicos señalados en las fechas indicadas informando a los interesados.

Forma de pago: tarjeta bancaria, en la recaudación municipal (Plaza de la Constitución, número 1), de lunes a viernes de 10:00 a 13:00 horas; en las entidades colaboradoras: Caixabank, Santander, o BBVA; por Internet con tarjeta (no es necesario certificado): https://ovtbecerrildelasierra.eadministracion.es/ . Se sugiere domiciliar los recibos lo cual conlleva una bonificación (3 % o 5 % con sistema SEPT).

Advertencia: transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con los artículos 26, 28, 62 y 161 de la Ley 58/2003, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como de los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

Exposición pública de padrones, consulta y reclamaciones: un mes desde su aprobación de acuerdo con la normativa sobre protección de datos. Recursos contra el padrón: de reposición en un mes y contencioso-administrativo en 2 meses (108 Ley 7/1985 RBRL y 14 RD 2/2004 TRLRHL). La interposición de recurso no detendrá la acción administrativa para la cobranza.

Becerril de la Sierra, a 21 de febrero de 2025.—El alcalde, José Luis Martín González.

(01/2.852/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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