Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
12-03-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250312-68

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

OFERTAS DE EMPLEO

68
Valdemoro. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Resolución número 867/2025, de 27 de febrero de 2025, con C. p. V. 6AVB4-XX8F6-V4W4G, del señor alcalde del Ayuntamiento de Valdemoro, dictando lo siguiente:

Visto que mediante decreto 3954/2024, de 14 de octubre de 2024, se aprobó la convocatoria y las bases específicas que rigen el proceso selectivo para dos plazas de técnico/a de Administración General, escala de Administración General, subescala Técnica, clase Técnica Superior, así como la constitución de una Bolsa de Empleo, de acceso libre, mediante el sistema de oposición, correspondientes a la OEP 2021, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 146, de 21 de junio de 2021.

Visto que en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 257, de 28 de octubre de 2024, se publicó anuncio de dicha oferta de empleo con indicación de lugar de acceso a las bases específicas de la convocatoria, con código de validación UVJ8E-Q3PWR-SGVZ1, expuestas íntegramente en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la página web municipal ( https://sede.valdemoro.es/sede ).

Visto que en “Boletín Oficial del Estado” número 270, de 8 de noviembre de 2024, se publicó la convocatoria del citado proceso selectivo, abriéndose un plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente, el cual finalizó el 9 de diciembre de 2024.

Visto que se han recibido recursos de reposición contra el apartado tercero de las bases específicas, los cuales han sido estimados mediante resoluciones del concejal de Recursos Humanos y Régimen Interior con número 835/2025 (C. p. V. 3WNIZ-5Q6UI-1636W), y 836/2025 (C. p. V. 7Q5PN-9WQ0D-C2TML), ambas de 26 de febrero de 2025. En virtud de tales resoluciones, procede la siguiente modificación en ese apartado:

— Donde dice:

“3. Requisitos de los aspirantes.

Los aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 4.1 de las Bases Generales, deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título universitario de Licenciado en Derecho, en Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario, o Grados Universitarios equivalentes, según lo establecido por la normativa que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación”.

— Debe decir:

«3. Requisitos de los aspirantes.

“Los aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 4.1 de las Bases Generales, deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título universitario de Grado o equivalente, según lo establecido por la normativa que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación”».

Visto que se advierte errata en el apartado 7.b) de dichas bases específicas.

— Donde dice:

“b) Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de 180 minutos, dos temas extraídos por sorteo del temario. El primer tema saldrá del bloque de temas comprendidos entre el 17 y el 44”.

— Debe decir:

“b) Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de 180 minutos, dos temas extraídos por sorteo del temario. El primer tema saldrá del bloque de temas comprendidos entre el 17 y el 64”.

Visto que se advierte error en la numeración de los apartados de las referidas bases específicas.

Considerando.—El art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recoge que:

“2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Considerando.—De conformidad con el artículo g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde al alcalde:

“(…) aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas”.

Visto el informe de la jefa del Servicio de Recursos Humanos y Organización, con C. p. V. 1JIUI-LZ93B-MHWXR, de 27 de febrero de 2025.

Por cuanto antecede, y en uso de las mencionadas atribuciones,

RESUELVO

Primero.—Rectificar el apartado tercero de las bases específicas que rigen el proceso selectivo para dos plazas de Técnico/a de Administración General, escala de Administración General, subescala Técnica, clase Técnica Superior, así como la constitución de una Bolsa de Empleo, de acceso libre, mediante el sistema de oposición, correspondientes a la OEP 2021, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 146, de 21 de junio de 2021.

— Donde dice:

“3. Requisitos de los aspirantes.

Los aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 4.1 de las Bases Generales, deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título universitario de Licenciado en Derecho, en Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario, o Grados Universitarios equivalentes, según lo establecido por la normativa que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación”.

— Debe decir:

«3. Requisitos de los aspirantes.

“Los aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 4.1 de las Bases Generales, deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título universitario de Grado o equivalente, según lo establecido por la normativa que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación”».

Segundo.—Rectificar el error advertido en el apartado 7.b) de dichas bases específicas.

— Donde dice:

“b) Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de 180 minutos, dos temas extraídos por sorteo del temario. El primer tema saldrá del bloque de temas comprendidos entre el 17 y el 44”.

— Debe decir:

“b) Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de 180 minutos, dos temas extraídos por sorteo del temario. El primer tema saldrá del bloque de temas comprendidos entre el 17 y el 64”.

Tercero.—Rectificar error advertido en la numeración de los apartados de las referidas bases específicas.

Cuarto.—Aprobar las bases específicas rectificadas del citado proceso selectivo, con C. p. V. 6ZJN9-FPE76-4X25P, las cuales se exponen íntegramente en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la página web municipal ( https://sede.valdemoro.es/sede ).

Quinto.—Se entenderán válidamente presentadas las solicitudes que dentro del plazo inicialmente previsto, debiendo hacerse constar lo siguiente en la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:

«Debido a esta modificación, se aperturará un nuevo plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la nueva convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, siendo válidas, a efectos de presentación, las solicitudes presentadas en primer término en la convocatoria publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 270, de 8 de noviembre de 2024».

Sexto.—Dar traslado del acuerdo a la Intervención Municipal, a la Tesorería y al Departamento de Recursos Humanos, a los efectos oportunos.

Séptimo.—Publicar el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Octavo.—Publicar la nueva convocatoria de las plazas correspondientes en el “Boletín Oficial del Estado”.

Valdemoro, a 28 de febrero de 2025.—El alcalde-presidente, David Conde Rodríguez.

(01/3.320/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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