Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2025

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250320-34

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de la subestación ST Fuente Hito 220 kV ubicada en Plan Parcial El Juncal, parcela D1 en el término municipal de Alcobendas, solicitado por Red Eléctrica de España S. A. U. (número expediente: 2023P338 – 14-0141-00338.7/2023).

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 4 de abril de 2023 y referencia 10/356182.9/23 tiene entrada en esta Dirección General escrito de Red Eléctrica de España, S. A. U., en el que se solicita la autorización administrativa y aprobación del proyecto para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado en fecha 27 de marzo de 2023 por Javier García Villar con número de colegiado 7598 del COII-CV.

Con fecha 30 de octubre de 2023 y referencia 30/087877.9/23 se recibe anexo de modificación al proyecto, firmado por el citado proyectista.

Segundo

Con fecha 21 de junio de 2024 y referencia 10/552451.9/24 a la vista del informe técnico del Área de Evaluación Ambiental elevado por la Subdirección General de Impacto Ambiental, se emite informe de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid (SEA 9.16/24), en el que se resuelve la no necesidad de tramitación de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental establecidos en el artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Tercero

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción del sistema de 220 kV de la subestación ST Fuente Hito, en Plan Parcial El Juncal, parcela D1, en el término municipal de Alcobendas, solicitada por Red Eléctrica de España, S. A. U. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 270, de 12 de noviembre de 2024).

Cuarto

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectadas: Ayuntamiento de Alcobendas, Canal Isabel II, Madrileña Red de Gas, y la Dirección General de Política Energética y Minas.

Con fecha 20 de agosto de 2024 se ha recibido informe de la Dirección General de Política Energética y Minas, en el que se informa favorablemente a los efectos previstos en el artículo 35.2 de la 24/2013, de 26 de diciembre, en el artículo 114 del Real Decreto 1955/2000 y en el artículo 16.1.a) de la Circular 5/2019, de 5 de diciembre, respecto a la instalación anteriormente señalada.

Con fecha 1 de agosto de 2024 y 30 de agosto de 2024 se han recibido informes por parte de Madrileña Red de Gas, en el que se exponen una serie de afecciones y condicionantes a cumplimentar, y que con fecha 26 de septiembre de 2024 se recibe contestación por parte de Red Eléctrica de España, tomando razón y manifestando su conformidad con respecto a los mismos.

Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se han recibido contestaciones de ninguno de los organismos indicados.

Quinto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas; el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid, y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008, y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a Red Eléctrica de España, S. A. U., la instalación de la subestación ST Fuente Hito 220 kV en Plan Parcial El Juncal, parcela D1 del término municipal de Alcobendas, cuyas características y ubicación —en coordenadas UTM referidas al huso 30— son: X-447906; Y-4487628 (RSE274).

Ejecución de la fase II del desarrollo de la subestación ST Fuente Hito, consistente en:

Sistema de 220 kV:

Configuración en doble barra, interior tipo GIS, con envolvente metálica y aislamiento SF6, formada por:

— Dos (2) posiciones de línea, con interruptor, L-Alcobendas y Larroyo de la Vega.

— Dos (2) posiciones de transformador con interruptor.

— Una (1) posición de enlace de barras, con interruptor.

— Dos (2) posiciones de medida, sin interruptor, instaladas en ambos extremos de los embarrados principales.

— Espacio para tres (3) posiciones de reserva.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, en particular, de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.

Cuarto

Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid citado en los antecedentes de hecho (SEA 9.16/24).

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 5 de febrero de 2025.—La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.

(02/2.540/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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