Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2025

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250322-16

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

16
PUBLICACIÓN de Anexo de 28 de febrero de 2025, al convenio de cooperación educativa, entre la Universidad Pontificia de Salamanca y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para la realización de prácticas externas de estudiantes del Grado de Enfermería en centros y servicios dependientes de la Consejería correspondiente al curso académico 2024/2025.

En Madrid, a 28 de febrero de 2025.

REUNIDOS

De una parte, D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, D. Santiago García-Jalón de la Lama, mayor de edad, con domicilio a los efectos del presente documento en Salamanca, calle Compañía, 5 (CP 37002), en nombre y representación de la Universidad Pontificia de Salamanca, con CIF R-3700047-H, y con el mismo domicilio, en su condición de Rector Magnífico.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Anexo, de acuerdo con las atribuciones que tienen conferidas y, a tal efecto

MANIFIESTAN

Que el presente Anexo trae causa en el convenio de cooperación educativa firmado entre la Universidad Pontificia de Salamanca y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de fecha, 22 de enero de 2025.

Que, en cumplimiento de lo establecido en las cláusulas tercera y quinta del referido convenio, y de acuerdo con el art. 7.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, se recogen y detallan en el presente Anexo los siguientes,

APARTADOS

Primero

Programa/proyecto formativo de prácticas

Grado de Enfermería.—Objetivos, competencias, actividades y evaluación del Prácticum I

Los estudios del título de Grado de Enfermería van encaminados a que los futuros titulados:

— Desarrollen habilidades para la aplicación de procedimientos de los cuidados enfermeros y guías clínicas.

— Adquieran conocimientos amplios de la ciencia enfermera, las ciencias de la salud, humanas y sociales y para dar respuesta a las necesidades y expectativas de la salud de las personas, familias, grupos y comunidad.

— Utilicen la metodología científica en sus intervenciones. Desarrollen la capacidad de establecer relaciones positivas con las personas asignadas a su cuidado.

— Adquieran los instrumentos necesarios para desarrollar una actitud crítica y reflexiva.

El proyecto formativo contiene los objetivos educativos y las actividades a desarrollar por los estudiantes, teniendo en cuenta las competencias básicas, genéricas y/o específicas que debe adquirir el estudiante. Se considera que la totalidad de las competencias tanto específicas como transversales podrán ser obtenidas y valoradas en el desarrollo del Prácticum clínico, tratándose de un mecanismo de fijación y desarrollo práctico de todos los conocimientos teóricos, habilidades y valores, que se van presentando desde las diferentes materias del grado, siendo por tanto materias que completan y profesionalizan la formación.

Competencias transversales:

— Capacidad para trabajar en un equipo interdisciplinar

— Adaptación a nuevas situaciones.

Competencias específicas:

— Capacidad para responder a las necesidades del paciente planificando, prestando servicios y evaluando los programas individualizados más apropiados de atención junto al paciente, sus cuidadores y familias y otros trabajadores sanitarios o sociales.

— Capacidad para informar, registrar, documentar y derivar cuidados utilizando tecnologías adecuadas.

— Capacidad para trabajar y comunicarse en colaboración y de forma efectiva con todo el personal de apoyo para priorizar y gestionar el tiempo eficientemente mientras se alcanzan los estándares de calidad.

El estudiante, al finalizar la rotación que integran el “Prácticum I”, será capaz de, y/o manifestará destreza en:

— Trabajar en un equipo multidisciplinar, así como mantener una comunicación efectiva con todos sus miembros.

— Reconocer y respetar las opiniones, decisiones y creencias de las personas en una sociedad multicultural.

— Ser consciente de los diversos roles y responsabilidades de un estudiante de segundo curso de Grado en Enfermería.

— Mantener la dignidad, privacidad y confidencialidad de los pacientes.

— Recoger y obtener de las distintas fuentes los datos que constituyen la historia de Enfermería.

— Conocer y manejar los registros enfermeros en sus distintos formatos.

— Relacionar los datos recogidos en la valoración con los principales problemas de salud de las personas, estableciendo los diagnósticos enfermeros oportunos.

— Elaborar un Plan de cuidados básico individualizado.

— Proporcionar cuidados enfermeros básicos en la práctica clínica en las siguientes áreas y necesidades fundamentales:

• Comodidad y bienestar del paciente.

• Higiene del paciente.

• Movilidad y actividad física

• Alimentación.

• Eliminación: fecal, urinaria.

• Regulación de la temperatura corporal.

• Seguridad.

• Respiración y oxigenación.

• Comunicación e interrelación.

• Control y registro de las constantes.

• Realizar correctamente las intervenciones de enfermería descritas en el plan de cuidados.

• Registrar la evolución diaria del paciente.

• Evaluar la consecución de los objetivos propuestos.

Segundo

Calendario

Fechas de realización de las prácticas: 17/03/2025 al 09/05/2025.

Número total de horas de prácticas: 208 horas.

Días de la semana y número de horas diarias de prácticas: De lunes a viernes en turno de mañana de 7:45 h. a 14:45 h.

Tercero

Desarrollo de las prácticas

El desarrollo de las prácticas se establecerá de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

Los horarios serán compatibles con la actividad académica y formativa y de representación y participación desarrollado por el estudiante de la Universidad Pontificia de Salamanca, debiendo el alumno comunicarlas con antelación suficiente al profesional tutor del centro o servicio de prácticas.

Cuarto

Obligaciones del estudiante

Los estudiantes que realicen las prácticas estarán sujetos al régimen general establecido en el convenio de cooperación educativa firmado y a las condiciones concretas de este Anexo, así como a cualquier otro deber previsto en la normativa vigente.

El estudiante deberá:

— Cumplir la normativa vigente establecida por la Universidad Pontificia de Salamanca.

— Conocer y cumplir el proyecto formativo de prácticas siguiendo las indicaciones del profesional-tutor de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y del tutor académico de la Universidad Pontificia de Salamanca.

— Incorporarse al centro o servicio de la Consejería donde vaya a realizar las prácticas en la fecha acordada, cumplir el horario previsto y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del mismo.

— En el momento de su incorporación al centro o servicio donde realizará las prácticas, presentará para su firma por el profesional tutor de la Consejería, el documento facilitado por la Universidad Pontificia de Salamanca que le acredita como estudiante en prácticas.

— El estudiante en prácticas, que vaya a ejercer actividades que impliquen contacto habitual con menores, en el momento de su incorporación al centro o servicio donde realizará las prácticas, deberá presentar al profesional tutor de la Consejería, una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. Asimismo, estará obligado a comunicar inmediatamente al profesional tutor de la Consejería, que ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, cuando esta sentencia se dicte con posterioridad a la aportación de la certificación negativa citada anteriormente.

— Justificar debidamente las incidencias y sus faltas de asistencia ante el responsable de cada centro o servicio de la Consejería y de la Universidad Pontificia de Salamanca.

— Guardar confidencialidad y secreto sobre las informaciones, documentos o asuntos a los que tenga acceso o de los que tenga conocimiento durante el desarrollo de las prácticas y una vez finalizadas. A estos efectos, cada estudiante deberá firmar, antes del inicio de aquéllas, un compromiso sobre confidencialidad y protección de datos de carácter personal, que le será presentado por el centro y/o servicio de la Consejería en el que realice las prácticas.

— Respetar el código deontológico profesional.

— Mostrar una actitud respetuosa hacia la política de la Consejería.

— Elaborar y entregar al profesor tutor de la Universidad Pontificia de Salamanca una memoria final, a la conclusión de las prácticas, según el modelo facilitado por dicha entidad.

— No hacer uso de los trabajos realizados en las prácticas, sin la autorización por escrito y previa de la Consejería.

Quinto

Número de plazas y centros o servicios para los que se solicita la inclusión de alumnos

La Universidad Pontificia de Salamanca solicita plazas de prácticas para el Grado de Enfermería en los centros y servicios dependientes de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para el curso académico 2024/2025.

Las plazas en los centros y servicios de la Consejería a los que la Universidad Pontificia de Salamanca, puede acceder para la asignación de alumnos en prácticas en el Grado de Enfermería, durante el curso académico 2024/2025 son los siguientes:

Se admite la posibilidad de que esta asignación de plazas pueda sufrir alguna variación en función de las necesidades y/o situaciones especiales de ambas instituciones, siendo en este caso necesario que se notifique previamente por escrito a la otra parte.

Antes de la incorporación efectiva de los estudiantes a los distintos centros y servicios donde realizarán las prácticas, se deberá remitir a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para su validación, un certificado emitido por el coordinador responsable de prácticas de la Universidad Pontificia de Salamanca, en el que se recogerá la identidad de los estudiantes con expresión del nombre, dos apellidos, datos de contacto, curso, período de realización de las prácticas, horario, número total de horas y los centros y servicios dónde desarrollaran el programa de prácticas.

Sexto

Coordinación de las prácticas

La coordinación de las prácticas por parte de la Universidad Pontificia de Salamanca para el grado de Enfermería, durante el curso 2024/2025 corresponderá a la coordinadora de prácticas de Enfermería a quién deberá comunicarse cualquier incidencia relativa al desarrollo de las prácticas de los estudiantes en los distintos centros y servicios o a la gestión asociada a las mismas.

La forma de contacto será a través del teléfono: 910053661 y mediante el correo electrónico: mibucetato@upsa.es

Por parte de los centros y servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales la coordinación corresponderá al responsable de cada centro o servicio, que también será el encargado de comunicar las ausencias o incidencias del estudiante durante el desarrollo de las prácticas, en un plazo inferior a 24 horas, al superior jerárquico del centro directivo de la Consejería y, este a su vez, en idéntico plazo y por escrito, al coordinador responsable académico de las prácticas en la Universidad Pontificia de Salamanca.

Séptimo

Profesores tutores responsables de las prácticas

Por parte de la Universidad Pontificia de Salamanca, la supervisión de las prácticas de los estudiantes y la relación con el profesional tutor del centro o servicio de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales donde el estudiante realice las prácticas del grado de Enfermería, durante el curso académico 2024/2025 corresponderá a los tutores académicos designados por la universidad.

Octavo

Reconocimiento de la labor de los profesionales tutores

Los profesionales tutores de los centros y servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales que tutelen alumnos de prácticas, tendrán derecho a la obtención de un certificado como “tutor de prácticas externas” de acuerdo con las condiciones establecidas desde la Universidad Pontificia de Salamanca, que realizará los trámites necesarios para la obtención del reconocimiento.

Noveno

Oferta formativa para los profesionales tutores

Los profesionales tutores de los centros y servicios de la Consejería que tutelen alumnos de prácticas podrán acceder a la adjudicación de plazas de manera preferente en la oferta académica de la universidad (previa petición expresa) así como certificados de tutorización por su labor.

Décimo

Posibilidad de utilización de los recursos bibliográficos del fondo documental de la Universidad Pontificia de Salamanca

Asimismo, los profesionales tutores de la Consejería tendrán acceso a la biblioteca digital de la Facultad de Enfermería y Fisioterapia Salus Infirmorum, previa petición expresa al servicio dedicado a ello.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar indicado, y fecha de la última firma digital.

En Madrid, a 28 de febrero de 2025.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Rector Magnífico de la Universidad Pontificia de Salamanca, Santiago García-Jalón de la Lama.

(03/3.539/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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