Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
26-03-2025

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250326-23

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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EXTRACTO de la Resolución del Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueban y hacen públicas las bases reguladoras de la convocatoria 2025 de movilidad de estudiantes para prácticas en el extranjero dentro del Programa Erasmus+.

BDNS: 821475

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

( https://datos.gob.es/es/catalogo/e05188501-base-de-datos-nacional-de-sub... )

Primero

Participantes

Se convocan plazas de movilidad de prácticas, y en su caso financiación de becas, destinadas a estudiantes universitarios matriculados en la Universidad Rey Juan Carlos que se encuentren cursando estudios conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado, Máster Oficial o Doctor, con el fin de realizar prácticas en las siguientes instituciones de acogida: una empresa, instituto de investigación, laboratorio, organización o instituciones, o cualquier otro lugar de trabajo pertinente.

Quedan excluidos de participación en la presente convocatoria:

— Aquellos estudiantes que se encuentren cursando, a fecha de la presente convocatoria, estudios conducentes a la obtención de un Título Propio expedido por la Universidad Rey Juan Carlos.

— Estudiantes de centros adscritos.

La ayuda inicial concedida es de 275 938 euros, siguiendo las directrices establecidas por la Comisión Europea para el Programa Erasmus+ 2023, Acción KA131, y proyecto 2024-1-ES01-KA131-HED-000211204 , cuya duración es de 26 meses, hasta el 31 de julio de 2026. Así como al amparo del Reglamento (UE) n.o 2021/817 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021 por el que se crea el programa Erasmus+ para el período del marco financiero plurianual 2021-2027.

Las becas se concederán para la realización de estancias de prácticas en el extranjero, debiendo estar finalizadas como máximo antes del 31 de julio de 2026 fecha fin del proyecto que financia la presente convocatoria, siendo este plazo improrrogable.

Para poder beneficiarse del programa de prácticas establecido en la presente convocatoria, los estudiantes deberán obtener el consentimiento y aprobación de su tutor académico de prácticas Erasmus+ en la Universidad, y será junto con el tutor de prácticas de la institución de acogida quiénes firmarán el acuerdo de formación establecido conjuntamente, y realizarán las labores de seguimiento durante el período de prácticas Erasmus+.

Prácticas curriculares/extracurriculares: En el caso de que las prácticas Erasmus realizadas por la consecución de una plaza en la presente convocatoria, cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento de prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios de la URJC que regula dichas prácticas académicas externas, las prácticas Erasmus podrían ser reconocidas como curriculares/extracurriculares.

Para ello, es obligatorio seguir el procedimiento establecido en dicho reglamento, para que la práctica realizada en movilidad pueda ser curricular/extracurricular.

Dicho proceso debe realizarse previo a la solicitud de la movilidad, establecida en el punto 7 presentación de solicitudes de la presente convocatoria.

Toda la información relativa a las prácticas externas debe consultarse en el siguiente enlace:

https://www.urjc.es/empresas-e-instituciones/463-practicas-externas

Segundo

Objeto

Las presentes bases tienen por objeto y finalidad la contribución al fomento de su formación práctica y, en su caso, la financiación (becas) de parte de los gastos que pudiese ocasionar su realización, estando dichas becas supeditadas, en todo caso, a la aprobación final de los fondos correspondientes por parte del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) del Ministerio de Universidades, dentro del Programa Erasmus+ de movilidad de estudiantes para prácticas de la Universidad Rey Juan Carlos.

Tercero

Bases reguladoras

La convocatoria se regula por las bases publicadas en el Tablón de anuncios electrónico de la Universidad Rey Juan Carlos. https://sede.urjc.es/tablon-oficial

Requisitos básicos de participación en el momento de solicitar la beca:

1. Tener nacionalidad española, o alternativamente:

— Ser oficialmente reconocido por España como refugiado, apátrida o residente permanente;

— Ser nacional de un país de la Unión Europea;

— Ser nacional de cualquier otro Estado que participe en el Programa Erasmus+.

2. Estar matriculado en la URJC en un programa de estudios conducente a la obtención de un título oficial de Grado, Máster Oficial o Doctor, con exclusión de aquellos estudios conducentes a la obtención de un Título Propio de dicha Universidad y estudiantes de centros adscritos.

3. Los estudiantes de Grado, deberán tener aprobado al menos el 50 % de los créditos de la titulación en la que el estudiante se encuentre matriculado.

4. Los estudiantes de Máster deberán tener superadas 2 asignaturas y una carta de autorización del tutor/a o del Director/a de Master debidamente firmada y sellada.

5. Los estudiantes de Doctorado, deberán contar con una carta de autorización del tutor o del Director de la Tesis debidamente firmada y sellada.

6. Los estudiantes de estudios pertenecientes a la Facultad de Ciencias de la Salud deberán establecer previamente convenio con la institución de acogida donde vayan a desarrollar sus prácticas, a través del Decanato de la mencionada Facultad.

7. No haber superado los límites de movilidad Erasmus+ fijados en el punto 1.6 de la presente convocatoria.

8. En el caso de que las prácticas Erasmus puedan ser reconocidas por créditos ECTS, deberá haber sido seleccionado por la institución de acogida donde se van a realizar las prácticas, y contar con el visto bueno al plan propuesto por parte del tutor académico en la URJC, además de cumplir con los establecido en el punto 1.8 de la presente convocatoria.

9. Quedan excluidos de la presente convocatoria:

— Todos los estudiantes matriculados en la URJC en cualquier programa nacional o internacional de movilidad, o como estudiantes visitantes.

— Los estudiantes matriculados en Títulos Propios y de centros adscritos.

Cuarto

Cuantía

El programa está financiado por la Unión Europea, a través del SEPIE, Servicio Español para la Internacionalización de la Educación. La cantidad total máxima de la presente convocatoria es de doscientos setenta y cinco mil novecientos treinta y ocho euros (275.938 euros) y se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 30.VC.RI.25.02 423A 483.01, en el ejercicio presupuestario 2025.

De acuerdo a la ayuda concedida a la URJC en el proyecto 2024-1-ES01-KA131-HED-000211204, los estudiantes que resulten beneficiarios de una ayuda económica, podrían recibir las siguientes cantidades de acuerdo a los grupos por países:

Grupo 1:

Países con costes de vida más altos (350+150 euros/mes).

Países de la UE y asociados al programa:

— Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Suecia.

— Terceros países no asociados al programa de las regiones 13 y 14:

— Andorra, Estado de la Ciudad del Vaticano, Mónaco, San Marino, Islas Feroe, Reino Unido, Suiza.

Grupo 2:

Países con costes de vida medio (300+150 euros/mes).

Países de la UE y asociados al programa:

— Chequia, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Grecia, Letonia, Malta, Portugal.

Grupo 3:

Países con costes de vida más bajos (250+150 euros/mes).

Países de la UE y asociados al programa:

— Bulgaria, Croacia, Hungría, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía, Serbia, Turquía.

Ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades:

En movilidades de larga duración, se financiará una cantidad adicional de 250 euros mensuales a los estudiantes que se encuentren en alguna de las situaciones que figuran a continuación; en movilidades de corta duración, se financiarán 100 o 150 euros adicionales para toda la movilidad, en función de la duración de la estancia:

a) Ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores o de una beca del Departamento de Educación del País Vasco, o de una beca para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios concedida por el Departamento de Educación del País Vasco en el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad o en el curso académico en el que se realice la movilidad.

b) Percibir la unidad familiar una prestación de ingreso mínimo vital/ Renta Mínima de inserción o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma.

c) Estar en riesgo de exclusión social.

d) Pertenecer a una familia numerosa o monoparental.

e) Encontrarse en una situación de especial necesidad y emergencia social.

f) Ser víctima de terrorismo, de violencia de género o en situación de orfandad.

g) Encontrarse en una situación de dependencia o con dependientes a cargo.

h) Tener un contrato de trabajo a tiempo completo.

i) Padecer problemas físicos o mentales que genere la necesidad de apoyo adicional.

j) Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España, o en otro país, en caso de participantes entrantes.

k) Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, o un grado de discapacidad equivalente, en el caso de estudiantes extranjeros.

l) Estar matriculado en un centro situado en las Ciudades Autónomas de Ceuta o Melilla, o estar empadronado en dichas ciudades, en caso de que la matrícula se realice en una institución educativa no presencial.

Movilidad de doctorado:

Para atender mejor a las diversas necesidades de aprendizaje y formación de los doctorandos, estos pueden participar en períodos de movilidad física, de larga o corta duración, de formación práctica en el extranjero. Esto incluye también los lectorados docentes para los futuros profesores y los lectorados de investigación para los doctorandos en cualquier institución de investigación pertinente. Estas actividades de movilidad también se pueden desarrollar en el contexto de proyectos de investigación financiados por el programa Horizonte Europa, respetando plenamente el principio de que ninguna actividad puede recibir dos veces financiación de la UE.

Se contempla la posibilidad de un componente virtual junto a la movilidad física.

La duración de la estancia puede ser:

— Corta duración: de 5 a 30 días.

— Larga duración: de 2 a 12 meses.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes.

Para firmar la solicitud, los/as interesados/as podrán utilizar cualquiera de estos medios:

— Un certificado cualificado de firma electrónica expedido por un prestador incluido en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” (FNMT, DNIe, etc.), conforme a los establecido en el artículo 6.2.a) del Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos.

— Una firma no criptográfica (sin certificado de firma ni DNI electrónico) con doble factor de validación, según lo previsto en el artículo 6.2.c) del mismo Reglamento.

Los/as interesados/as podrán ejercer también la presentación de su solicitud de forma íntegramente electrónica, a través de la sede electrónica de la Universidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3.2 del Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos.

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo obligatoriamente cumplimentando el formulario de solicitud que estará disponible en la sede electrónica, accediendo a través del siguiente enlace: https://sede.urjc.es/convocatorias

En ningún caso podrá utilizarse la instancia general (expone/solicita) como modelo de solicitud válido para participar en la presente convocatoria.

Para acceder al formulario de solicitud de participación, los/as interesados/as podrán identificarse mediante certificado electrónico o DNI electrónico, Cl@ve temporal o permanente o usuario y contraseña.

Los interesados tienen derecho a participar en el procedimiento selectivo a través de representante. Para ello, bien el/la interesado/a, bien su representante, habrán de presentar una solicitud de representación a través de la sede electrónica de la URJC, anexando el apoderamiento, si este ya se hubiera tramitado. El enlace al procedimiento de solicitud de representación, con las instrucciones a seguir, es: https://sede.urjc.es/catalogo-de-servicios

La documentación que deberá adjuntarse en el momento de realizar la solicitud será la siguiente:

a) Ficha de datos de la institución de acogida, donde el estudiante va a realizar las prácticas debidamente cumplimentada (Ver doc. Anexo II) (formato pdf).

b) Acuerdo de Formación, (Training Agreement) en este documento se recogerá la propuesta del reconocimiento de las prácticas, los datos de la institución de acogida y el programa del período de prácticas, firmado por el tutor en la URJC, el tutor en la institución de acogida y el estudiante. (Ver Anexo III) (cumplimentar en formato pdf).

c) Si se encuentra en alguna de las situaciones descritas para estudiantes con menos oportunidades de la presente convocatoria, debe presentar documento acreditativo indicado en dicho punto.

d) Seguro médico y responsabilidad civil conforme a lo establecido en el punto 10.11 de la convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, previa remisión de la convocatoria a la BDNS.

Una vez finalizado el plazo para presentación de propuestas, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales examinará la documentación recibida y publicará en el Tablón Electrónico de la URJC y la página web del Servicio de Relaciones Internacionales la resolución provisional de solicitudes admitidas y excluidas a trámite, así como los motivos de exclusión.

Los interesados podrán acceder a las listas de admitidos/as y excluidos/as a través de su carpeta ciudadana, en el enlace: sede.urjc.es/carpeta-ciudadana/mensajes

Para subsanar las causas que hayan motivado su exclusión provisional, los interesados deberán acceder a su carpeta ciudadana, dentro de la sede electrónica de la URJC, y desde la carpeta ciudadana entrar en ‘Expedientes’ y localizar el de su solicitud excluida, donde se habrá abierto una ventana para subsanar. La subsanación deberá realizarse en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución.

A partir del 1 de enero de 2024, las prácticas formativas en entidades extranjeras, que se lleven a cabo fuera de España, por parte de estudiantes matriculados en la URJC, no serán objeto de cotización a la Seguridad Social, excepto las que sean reguladas por el programa Erasmus+ Prácticas y cuenten con dotación económica por parte de la entidad.

Sexto

Resolución del concurso y recursos

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de dicha resolución o, alternativamente, ser impugnada directamente mediante recurso contencioso-administrativo, ante el mismo orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 19 de marzo de 2025.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/4.424/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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