Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
26-03-2025

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250326-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Majadahonda. Régimen económico. Padrones fiscales

Aprobadas por resolución del concejal-delegado de Hacienda y Recursos Humanos del Ayuntamiento de Majadahonda, las listas cobratorias correspondientes al ejercicio 2025 de:

— Impuesto de vehículos de tracción mecánica.

— Tasa de entrada de vehículos a través de las aceras (vados).

— Tasa por instalación de terrazas de veladores, mesas y sillas.

Por el presente se pone en conocimiento de los contribuyentes por estos conceptos, que las mismas, se expondrán al público durante el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio.

Los legítimos interesados podrán formular, si lo estiman necesario y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de exposición al público, recurso de reposición contra dichos actos ante éste mismo órgano, previo al Contencioso-Administrativo.

El cobro de los mismos se realizará del modo siguiente:

Plazos:

— Período voluntario: desde el 1 de abril al 02 de junio de 2025, en el horario establecido por las Entidades Bancarias colaboradoras.

— Período ejecutivo: transcurrido el plazo del período voluntario las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos correspondientes, intereses de demora y, en su caso las costas que se produzcan.

Lugar de pago:

— En las siguientes entidades financieras colaboradoras:

• Banco Santander, Ibercaja y BBVA.

• Oficinas de Correos.

— El cargo en c/c de las liquidaciones que por estos conceptos se encuentren domiciliadas se realizará el 30/4/2025.

— Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria para ejercicios siguientes.

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el art. 102.3 de la Ley General Tributaria 58/2003 y el art. 24 del Reglamento General de Recaudación.

Se recuerda a los señores contribuyentes que no tengan en su poder el recibo para realizar el pago, deberán ponerse en contacto con el Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, solicitando cita previa a través de la web municipal, para que se les expida un duplicado dentro del plazo señalado para el pago o bien a través de www.majadahonda.org (portal tributario).

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Majadahonda, a 24 de marzo de 2025.—El concejal-delegado de Hacienda y Recursos Humanos, Diego López del Hierro.

(01/4.757/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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