Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2025

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250327-77

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

77
Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Padrón fiscal

Habiéndose detectado error material en el anuncio de Régimen Económico, insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 62 de 14 de marzo de 2025, número de inserción 01/3.487/25, mediante el presente se rectifica lo siguiente:

— Donde dice: “Ayuntamiento de Majadahonda”

— Debe decir: “Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares”.

— Donde dice: “Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este, a efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio”,

— Debe decir: “Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 2025-0298, de fecha 4/03/2025, el padrón de la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos correspondiente al periodo anual de 2025 y las liquidaciones integrantes de este, a efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio”.

— Donde dice: “De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del mencionado tributo en las siguientes fechas de 15 de julio a 15 de noviembre de 2024”.

— Debe decir: “De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del mencionado tributo en las siguientes fechas de 30 de abril a 30 de junio de 2025”.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, a 26 de marzo de 2025.

(03/4.799/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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