Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
02-04-2025

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250402-43

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación Empresarios Máquinas Recreativas de Madrid Andemar-Madrid (número de depósito 28001333).

Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D.a Ana Bella Urquiza Cabo, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación Empresarios Máquinas Recreativas de Madrid Andemar-Madrid y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2025/000076 en esta Oficina de Depósito de Estatutos de fecha 4/3/2025, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.

Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 11/3/2025 para la subsanación de los mismos, que fue efectuada el 17/3/2025.

Se adjunta certificación firmada por el presidente, del acuerdo de modificación adoptado en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 28/11/2024. Se adjunta, así mismo, el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.

En particular, se modifican los artículos 1, 3, 4 (por el que se incluyen los fines laborales que identifican a las asociaciones empresariales) y los artículos 6, 14, 16, 20, 21, 23, 24, 25 y 33.

Segundo

Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.

A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril y Real Decreto 932/95, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.

Segundo

Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 13.3 de la citada disposición reglamentaria.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo,

ACUERDA

El depósito de la modificación del texto de la asociación empresarial Asociación Empresarios Máquinas Recreativas de Madrid Andemar-Madrid; así como la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social, de 10 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de octubre de 2011).

Madrid, a 17 de marzo de 2025.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

(03/4.607/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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