Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
02-04-2025

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250402-73

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Arganzuela

73
Madrid. Régimen económico. Distrito de Arganzuela. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de la concejala-presidenta del Distrito de Arganzuela, por el que se aprueban las bases que regirán la Convocatoria Premios Arganzuela 2025, VI Edición Certamen Literario “Benito Pérez Galdós”.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

BDNS: 822444

1. Objeto y finalidad de la convocatoria

El Distrito de Arganzuela establece las bases por las que se regirá la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la VI Edición del Certamen Literario “Benito Pérez Galdós” en dos modalidades: relato corto y poesía.

2. Régimen jurídico aplicable

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de noviembre de 2003).

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (“Boletín Oficial del Estado” de 25 de julio de 2006).

La disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, así como lo recogido en la presente convocatoria.

3. Premios

— Relato corto a nivel nacional: 2.500,00 euros.

— Relato corto para autores empadronados en el Distrito de Arganzuela: 2.500,00 euros.

— Poesía a nivel nacional: 2.500,00 euros.

4. Participantes y categorías

Podrán participar todas las personas, residentes en España, que acrediten tener 18 años cumplidos en la fecha de finalización del plazo establecido para la presentación de instancias y que presenten obras originales, inéditas, no premiadas en otros certámenes y escritas en castellano.

Se establecen dos modalidades (relato corto y poesía) con las siguientes categorías:

1. Categoría a nivel nacional: en las modalidades “relato corto” y “poesía”, para autores residentes en España y que hayan cumplido 18 años en el momento de presentar su obra.

2. Categoría Distrito de Arganzuela: en la modalidad “relato corto”, para autores empadronados en el distrito de Arganzuela y que hayan cumplido 18 años en el momento de presentar su obra.

Los participantes solo podrán presentarse a una categoría de cada modalidad.

5. Requisitos de las obras

Las características técnicas de las obras a presentar se establecen de la siguiente forma:

Relato corto: Máximo 8 páginas, en tamaño DIN A4 (210 x 297 mm). Tema libre. Cuerpo de letra: Times New Roman, 12 puntos. Interlineado: 1,5. Márgenes 2,5.

Poesía: Un solo poema de entre 20 y 50 versos, en tamaño DIN A4 (210 x 297 mm). Metro libre y rima o verso libre. Tema libre.

Los trabajos originales, deberán presentarse bajo seudónimo, indicando el título de la obra, el seudónimo, la modalidad y la categoría en la que participen en el encabezado o en la portada de la obra. Cada participante solo podrá presentar una obra por modalidad (relato corto, poesía), quedando excluidos aquellos que presenten más obras de las permitidas.

Serán rechazadas todas aquellas obras que no cumplan con las condiciones establecidas en las presentes bases.

6. Inscripción y presentación

Para participar será necesario registrar la solicitud de inscripción en el formulario correspondiente. Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:

A. Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento https://sede.madrid.es . En este caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidas por el Ayuntamiento de Madrid.

Documentación que deberá acompañar a la solicitud electrónica en formato PDF:

1. La obra literaria (relato corto o poesía).

2. Curriculum vitae.

B. Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas (LPAC).

Documentación, que deberá acompañar a la solicitud presencial y que será escaneada en la oficina de registro:

1. La obra literaria (relato corto o poesía).

2. Curriculum vitae en formato papel.

El modelo de solicitud está disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ) y estará dirigida a la Unidad de Cultura de Arganzuela.

La solicitud incluye la opción de autorizar que el órgano instructor recabe de oficio la información de consulta y verificación de los datos de identidad y de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria de Madrid. En caso contrario, la persona solicitante deberá aportar la correspondiente certificación de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.

La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra del presente concurso.

7. Plazo

El plazo de presentación de las solicitudes se establece del 28 de abril al 30 mayo de 2025. No se admitirán inscripciones fuera del plazo establecido, para lo que se tendrá en cuenta la fecha de entrada en registro.

El texto íntegro de la convocatoria se publica en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” (BOAM).

Madrid, a 20 de marzo de 2025.—La concejala-presidenta de Arganzuela, M.a Dolores Navarro Ruiz.

(03/4.877/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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