Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250404-5

Páginas: 37


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicación de destinos correspondiente al proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Educador, Especialidad de Centros de Educación Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 471/2021, de 15 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 268, de 10 de noviembre), se convocaron las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Educador, Especialidad de Centros de Educación Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, modificada por Orden 763/2021, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 14, de 18 de enero de 2022); cuyo número de plazas fue objeto de ampliación mediante la Orden 1766/2022, de 2 de septiembre, de la aludida Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 220, de 15 de septiembre).

A la vista de la Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 289, de 4 de diciembre), por la que se resuelve el citado proceso selectivo, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la correspondiente orden de convocatoria y demás normativa de aplicación, este centro directivo, en uso de las facultades que tiene legalmente atribuidas,

RESUELVE

Primero

Adjudicar destinos, en los términos que se indican seguidamente, a las personas que han superado el citado proceso selectivo y que se relacionan en el Anexo que se publica con la presente resolución.

Segundo

1. Por la unidad responsable de personal de la correspondiente consejería u organismo autónomo, se procederá a la formalización de los correspondientes contratos con las personas interesadas, debiendo dar, asimismo, cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el Sector Público.

2. A tal efecto, las personas aspirantes relacionadas en el mencionado Anexo deberán personarse en la subdirección general o unidad de personal de la consejería u organismo autónomo al que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, a efectos de proceder a la formalización del correspondiente contrato de trabajo, debiendo ir provistas de su DNI-NIE, documento de afiliación a la Seguridad Social, así como de un certificado o justificante de los datos de su cuenta bancaria, del 1 al 8 de agosto de 2025 y de acuerdo con el calendario de comparecencias que será objeto de publicación en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/pruebas-selectivas-educador , así como en la página web del proceso selectivo accesible desde https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/educador-educacion-infanti...

Tercero

1. De conformidad con lo dispuesto en la base decimocuarta, apartados 6º y 9º, de la precitada Orden 913/2019, de 27 de junio, y en la base décima de la Orden 471/2021, de 15 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 268, de 10 de noviembre),, las personas aspirantes que se señalan a continuación pierden el derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Educador, Especialidad de Centros de Educación Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, por no aportar la documentación requerida en el plazo previsto o por no cumplir los requisitos establecidos en las citadas bases:

2. Como consecuencia de lo anterior, queda desierta la adjudicación de los puestos de trabajo que se indican a continuación:

Cuarto

Contra la presente Resolución y las actuaciones que se deriven de la misma podrán las personas interesadas interponer demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid a 26 de marzo de 2025.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.











































































































































(03/4.876/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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