Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250408-119

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

119
Villanueva del Pardillo. Régimen económico. Presupuesto general

En la Intervención de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 169 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 20 del RD 500/1990, de 20 de abril, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el presupuesto general para el ejercicio 2025 con sus bases de ejecución, aprobado inicialmente por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el 07 de abril de 2025.

Junto al presupuesto fue aprobada la plantilla de personal para el ejercicio 202,5 exponiéndose igualmente al público a efectos de reclamaciones, conforme a lo dispuesto en los artículos 90 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 126 y 127 del RDL 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.

Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170 del citado RDL 2/2204 al que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el artículo 170.2, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En Villanueva del Pardillo, a 7 de abril de 2025.—El alcalde presidente, Eduardo Fernández Navarro.

(03/5.704/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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