Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2025

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250408-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERVERA DE BUITRAGO

OTROS ANUNCIOS

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Cervera de Buitrago. Otros anuncios. Adquisición directa

Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía n.o 2025-0009, de 24 de marzo de 2025, el expediente de adquisición directa patrimonial de las fincas que a continuación se relacionan, sitas en Cervera de Buitrago (Madrid):

Finca en C/ Fresno, n.o 7:

— Clasificación: Solar urbano edificable.

— Uso actual: Edificio industrial (almacén) en estado ruinoso.

— Superficie de la parcela: 25 m2.

— Valor de tasación: 6.251,00 euros.

Finca en C/ Nogal, n.o 12-D:

— Clasificación: Solar urbano no edificable.

— Uso actual: Suelo sin edificar, en estado de abandono.

— Superficie de la parcela: 166 m2.

— Valor de tasación: 18.427,99 euros.

Finca en C/ Torrontero, n.o 32:

— Clasificación: Solar urbano edificable.

— Uso actual: Edificio industrial (almacén) en estado ruinoso.

— Superficie de la parcela: 80 m2.

— Valor de tasación: 15.041,96 euros.

Finca en C/ Fresno, n.o 3:

— Clasificación: Solar urbano edificable.

— Uso actual: Edificio industrial (almacén) en estado ruinoso.

— Superficie de la parcela: 53 m2.

— Valor de tasación: 10.691,48 euros.

Se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 8.1.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://cerveradebuitrago.sedelectronica.es ).

Contra la resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado Contencioso Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Cervera de Buitrago, a 25 de marzo de 2025.—El alcalde, Isidro Parra Acevedo.

(02/4.818/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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