Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
09-04-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250409-53

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

53
Pinto. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

Se hace público, para general conocimiento, que con fecha 27 de marzo de 2025, el Pleno del Ayuntamiento de Pinto, ha aprobado el acuerdo que a continuación se transcribe:

«Modificación del régimen de dedicaciones y asistencias de los miembros del Ayuntamiento.

El artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece el régimen jurídico de los derechos económicos de los miembros del Ayuntamiento sobre la base de una doble distinción:

a) De una parte, entre aquellas materias cuya decisión corresponde al Pleno (en concreto, la determinación de aquellas funciones representativas cuyo desempeño, por razones de dedicación y responsabilidad, comporta la aplicación de los regímenes de dedicación exclusiva o de dedicación parcial, de las retribuciones correspondientes a los mismos, de la dedicación mínima exigida para su percepción en los supuestos de dedicación parcial así como la fijación del importe de las asistencias) y aquéllas otras cuya competencia recae en la Alcaldía (en particular, la asignación de los regímenes de dedicación exclusiva y de dedicación parcial a los miembros del Ayuntamiento a los que corresponda, dando cuenta al Pleno).

b) De otra parte, entre tres modalidades de derechos económicos que constituyen un numerus clausus: retribuciones por el ejercicio de funciones en régimen de dedicación exclusiva o de dedicación parcial, asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones los órganos colegiados de gobierno que las tengan previstas, e indemnizaciones por los gastos efectivos, documentalmente justificados y ocasionados en el desempeño de sus funciones representativas, de conformidad con lo previsto en la normativa sobre indemnizaciones por razón del servicio y en la que en su desarrollo apruebe el Pleno.

Que el Pleno del Ayuntamiento de Pinto, en sesión extraordinaria celebrada el 4 de agosto de 2023, aprobó el Acuerdo 92/2023, de 4 de agosto, relativo al régimen de dedicaciones y asistencias de los miembros del Ayuntamiento, cuya modificación se plantea a fin de permitir que se pueda incrementar la dedicación de los integrantes del Equipo de Gobierno a las tareas que tienen delegadas.

Vistos los informes emitidos por la Secretaría General y la Intervención Municipal, que obran en el expediente.

Por todo ello, el Pleno del Ayuntamiento de Pinto, a propuesta de la Alcaldía,

ACUERDA

Primero.—Modificar la fila cuarta de la tabla inserta en el pronunciamiento segundo del Acuerdo de Pleno 92/2023, de 4 de agosto, relativo al régimen de dedicaciones y asistencias de los miembros del Ayuntamiento, que queda redactada del modo siguiente:

Segundo.—Modificar el numeral 3.o de los criterios de determinación de las retribuciones brutas anuales de los cargos desempeñados en régimen de dedicación parcial, que queda redactado del modo siguiente:

“3.o Para las Concejalías Delegadas al 70% de dedicación mínima, el 75% del valor de referencia multiplicado por 0,70”.

Tercero.—Diferir la efectividad del presente acuerdo al 1 de abril de 2025.

Cuarto.—Dar traslado de este acuerdo a la Intervención Municipal así como al Servicio de Recursos Humanos.

Quinto.—Publicar este acuerdo en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

Pinto, a 28 de marzo de 2025.—El alcalde, Salomón Aguado Manzanares.

(03/5.152/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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