Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
09-04-2025

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250409-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
Torres de la Alameda. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torres de la Alameda de 31 de marzo de 2025, por la que se procede a la ampliación del plazo de la convocatoria de subvenciones, para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGeneration-EU, en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Casco Urbano. Fase I” en el término municipal de Torres de la Alameda.

BDNS (Identif.): 801131

Único.—En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 299, de 16 de diciembre de 2024, se publicó el extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, de 5 de diciembre de 2024, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de subvenciones, para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGeneration-EU, en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Casco Urbano. Fase I”, en el término municipal de Torres de la Alameda.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, de fecha 31 de marzo de 2025, se acuerda ampliar el plazo de presentación de solicitudes dos meses más, hasta el 16 de junio de 2025. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite. La presentación de la solicitud junto con la documentación que debe de acompañarla se realizará exclusivamente por medios electrónicos a tenor del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. No obstante, cuando el interesado sea persona física podrá optar por relacionarse con la administración por medios no electrónicos, para ello, tendrá a su disposición el Registro de entrada del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, así como cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la citada disposición.

Torres de la Alameda, a 2 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, José Antonio Blanco Heras.

(03/5.409/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250409-62