Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2025

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250411-80

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Robledo de Chavela. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Resueltas las alegaciones presentadas durante el plazo de exposición al público y estimándose parcialmente las mismas por mayoría absoluta de sus miembros, por acuerdo de Pleno de fecha 6 de febrero de 2025, queda aprobada definitivamente la modificación parcial de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

Artículo 8.o Cuota tributaria y tipo de gravamen.—3. Los tipos de gravamen aplicables en este municipio serán los siguientes:

a) Bienes inmuebles de naturaleza urbana: tipo de gravamen general: 0,61 por 100.

b) Bienes inmuebles de naturaleza rústica: tipo de gravamen 0,35 por 100.

La presente ordenanza fiscal entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2026, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Contra el respectivo acuerdo de aprobación definitiva sólo cabe recurso contencioso-administrativo que podrá interponerse directamente ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a partir de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo que disponen los artículos 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 113 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Robledo de Chavela, a 28 de marzo de 2025.—El alcalde-presidente, Fernando Casado Quijada.

(03/5.349/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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