Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
14-04-2025

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250414-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

64
Sevilla la Nueva. Organización y funcionamiento. Encomienda gestión

Acuerdo del Pleno de fecha 27/03/2025 del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, por el que se aprueba definitivamente el expediente de encomienda de gestión a el Ayuntamiento de Aldea del Fresno y el texto definitivo del convenio estará disponible en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva https://sevillalanueva.sedelectronica.es/board/

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de encomienda de gestión a el Ayuntamiento de Aldea del Fresno, se publica el convenio suscrito para su formalización para su general conocimiento, en cumplimiento del artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en concordancia con el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Sevilla la Nueva, a 3 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.

(03/5.454/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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