Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2025

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250419-17

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

17
Madrid número 18. Procedimiento 1275/2023

EDICTO

D. José Carlos González Arnal, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción n.° 18 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves n.° 1275/2023 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia n.° 138/2024

En Madrid, a 4 de marzo de 2024, el Iltmo. Sr. don Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez del Juzgado de Instrucción 18 de esta Ciudad, habiendo visto el procedimiento de delitos leves, tramitados con el número 1275/2023, sobre el presunto delito leve de lesiones, con la intervención del ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados de Abdelkrim Arbaoui Nekkassi, Shamira Manjarres Domínguez y Cristian Camilo Mancilla Morales.

Fallo

Que debo condenar y condeno a Abdelkrim Arbaoui Nekkassi, como autor de un delito leve de lesiones, a la pena de un 50 días de multa, con una cuota diaria de 2 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, a que indemnice a Shamira Manjarres Domínguez en el importe de 37,07 euros, y al pago de una tercera parte de las costas de este procedimiento. Que debo condenar y condeno a Cristian Camilo Mancilla Morales, como autor de un delito leve de lesiones, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 2 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, a que indemnice a Abdelkrim Arbaoui Nekkassi en el importe de 37,07 euros, y al pago de una tercera parte de las costas de este procedimiento. Y que debo absolver y absuelvo a Shamira Manjarres Domínguez de un delito leve de lesiones, declarando de oficio una tercera parte de las costas de este procedimiento.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.—Leída y publicada fue la anterior sentencia, acto seguido de dictarse por el Sr. magistrado-juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de todo lo cual doy fe.

Y para que sirva de notificación a D. Cristian Camilo Mancilla Morales, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 11 de marzo de 2025.—El letrado de la Administración de Justicia.

(03/5.707/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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