Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
24-04-2025

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250424-67

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

67
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2025, expediente 135-2024-00152, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial, para las parcelas situadas en la calle de Emilio Mario, número 18, con vuelta a la calle de Carlos Pereyra, número 6, distrito de Chamartín, promovido por López de Hoyos 171, S. L., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada ley.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publican los documentos con contenido normativo y planos:

NORMAS

Capítulo 1

Normas generales

Artículo 1. Ámbito.

El ámbito del Plan Especial se corresponde con la parcela situada en la calle de Emilio Mario, 18 c/v a la calle Carlos Pereyra, 6, distrito de Chamartín.

Artículo 2. Objeto.

El Plan Especial tiene por objeto la Modificación y Mejora de la Ordenación Pormenorizada en el Ámbito de la Unidad de Ejecución Discontinua número 1 “Ramón Pereyra - Emilio Mario” (Parcela 3, calle de Emilio Mario, número 18, c/v a la calle de Carlos Pereyra, número 6), mediante la modificación de la parcelación admitida, de las condiciones de posición de las edificaciones dentro de las parcelas, ocupación y la tipología edificatoria de estas de forma que sea viable su desarrollo y la materialización de la edificabilidad asignada.

Artículo 3. Condiciones generales de la parcela y la edificación.

— La parcela está incluida en el ámbito del Área de Planeamiento Específico (APE 05.09) “Colonia Ciudad Jardín Alfonso XIII-Municipal”.

— La parcela está calificada con el uso Residencial.

Capítulo 2

Condiciones relativas a las obras.

2.1. Condiciones para la nueva edificación.

Se considera vinculante la ordenación reflejada en el Plano P06 “Plano Resumen de la Propuesta. Parámetros Ordenación Pormenorizada”.

Artículo 4. Condiciones de parcela.

Se consideran parcelas “admitidas” las señaladas en el plano P03 Plano de Parcelación.

Artículo 5. Tipología edificatoria.

— Las dos parcelas que dan frente a la calle de Emilio Mario tendrán tipología de Vivienda Unifamiliar Pareada.

— Las dos parcelas que dan frente a la calle de Carlos Pereyra tendrán tipología de Vivienda Unifamiliar Adosada.

— La parcela que se sitúa en la confluencia de las dos calles citadas tendrá tipología de Vivienda Unifamiliar Aislada.

Artículo 6. Retranqueo y separación a linderos.

Las dimensiones del retranqueo y de la separación a linderos serán las siguientes:

— Calle Carlos Pereyra:

a) Retranqueo a alineación exterior: 2 m (alineación obligatoria).

b) Separación a linderos laterales. 3 m o H/3 y 2,5 m.

c) Separación a lindero testero: 5 m.

— Calle Emilio Mario:

a) Retranqueo a alineación exterior: 3 m.

b) Separación a linderos laterales: 3 m o H/3.

c) Separación a lindero testero: 3 m.

Artículo 7. Ocupación.

La ocupación máxima queda definida por las Áreas de Movimiento resultantes de aplicar las condiciones de posición establecidas en el artículo anterior.

Artículo 8. Edificabilidad.

La edificabilidad total del ámbito de 726 m2 se repartirá de la siguiente forma:

— Parcela D1: 120 m2.

— Parcela D2: 120 m2.

— Parcela D3: 166 m2.

— Parcela D4: 160 m2.

— Parcela D5: 160 m2.

Artículo 9. Resto de condiciones edificatorias.

Los parámetros no contemplados en las presentes Normas se regularán según lo establecido en la Normativa particular del APE 05.09 “Colonia Ciudad Jardín Alfonso XIII-Municipal”.



Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido un ejemplar del Plan Especial al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.

Madrid, a 4 de abril de 2025.—El director general de Planeamiento, Javier Hernández Morales.—El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/5.806/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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