Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
24-04-2025

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250424-81

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

81
Getafe. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro y agrupaciones de personas físicas para financiar gastos llevados a cabo en actividades medioambientales y de bienestar animal para 2025.

De conformidad con lo previsto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getafe ( www.getafe.es ).

BDNS (Identif.): 826502

Objeto de la convocatoria.—Se convocan subvenciones mediante régimen de concurrencia competitiva dirigidas a entidades sin ánimo de lucro y agrupaciones de personas físicas para financiar gastos llevados a cabo en actividades medioambientales y de bienestar animal.

1. Mejora y recuperación del entorno, proyectos consistentes en:

— Conservación y cuidado de los ecosistemas del municipio.

— Mejora de la calidad ambiental en el espacio urbano: espacios verdes urbanos y periurbanos.

— Promoción de la economía circular, consumo responsable, gestión de residuos.

2. Recursos naturales, proyectos consistentes en:

— Promoción del uso racional del agua, de la energía, suelo, usos y aprovechamientos de los recursos naturales.

— Lucha contra el cambio climático.

— Contaminación del medio ambiente.

3. Bienestar animal:

— Defensa, cuidado y respeto hacia los animales.

— Acciones pedagógicas que fomenten la participación ciudadana.

Requisitos.—Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades jurídicas sin ánimo de lucro y las personas físicas que actúan en representación de una agrupación de personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la LGS, y además:

1. Hayan realizado actividades de ámbito medioambiental y de bienestar animal en el período subvencionable.

2. En el momento de apertura del plazo de presentación de solicitudes:

a) Las Entidades Jurídicas estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, teniendo sus datos actualizados.

b) La agrupación de personas físicas, estén constituidas por un mínimo de tres personas y al menos el representante del grupo esté empadronado en el Municipio de Getafe.

3. Se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social. En relación a las obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe el solicitante deberá asegurarse con carácter previo de que no tiene deudas pendientes, ya que el requisito se deberá cumplir a la finalización del plazo de presentación de instancias.

4. No tengan con el Ayuntamiento de Getafe deudas por reintegro de subvenciones en período ejecutivo, y ello conforme establece el artículo 21 del RLGS. Se considera por tanto, que concurre la circunstancia de ser deudor por tal concepto cuando exista resolución del órgano competente y haya transcurrido el plazo para el pago en período voluntario sin haber efectuado el mismo.

5. Al amparo de la Ley La Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015, de Voluntariado, en aquellos proyectos en los que participen menores de edad, las Entidades sin ánimo de Lucro estarán obligadas a estar en posesión de las correspondientes certificaciones negativas del Registro Central de Delincuentes Sexuales de los profesionales y voluntarios que tengan contacto habitual con dichos menores. El Ayuntamiento de Getafe podrá solicitar información relativa a esta obligación en el transcurso del desarrollo del proyecto, pudiendo solicitar copia de dichas certificaciones si considera necesario.

Presupuesto.—El presupuesto máximo destinado a la presente convocatoria es de diez mil euros (10.000 euros), con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: 170.01.480.00 denominada “Transferencias corrientes a familias e instituciones sin fines de lucro. Medio Ambiente”.

Solicitud y plazo.—Las solicitudes, que se formalizarán según el modelo que figura como Anexo I, se presentarán junto con la documentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe en el horario establecido por el departamento, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo el plazo de presentación de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Getafe, a 10 de abril de 2025.—El concejal-delegado de Transición Ecológica y Medio Ambiente, Jesús Pérez Gómez.

(03/6.091/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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