Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
28-04-2025

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250428-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Las Rozas de Madrid. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Con fecha 7 de marzo de 2025, y número de registro en el Libro de Decretos 1317/2025, el alcalde-presidente, ha dictado el siguiente:

Expediente número: 10/2024.

Procedimiento: delegaciones y avocaciones de competencias.

“DECRETO

Siendo necesario agilizar el otorgamiento de autorizaciones de rodajes de tal forma que no sea necesario esperar a la celebración semanal de sesión por la Junta de Gobierno Local, procede efectuar la delegación de competencia que más adelante se indica.

En consecuencia,

HE RESUELTO

Efectuar la delegación genérica que se indica, que incluye la facultad resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, comprendiendo, en todo caso, la delegación de firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación, sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración Municipal que, mediante este Decreto, se asignan:

Primero.—A D. Ángel Luis Fernández-Polo Alonso, se delega en el ámbito de los asuntos referentes a Presidencia y Portavocía del Gobierno, la siguiente facultad:

— El otorgamiento de autorizaciones de rodaje de productos audiovisuales, en los términos contenidos en la ordenanza municipal reguladora.

Segundo.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Tercero.—La delegación de competencias efectuada bajo el presente decreto deberá ser aceptada por la concejal-delegado, entendiéndose que manifiesta tácitamente su consentimiento si en el plazo de tres días hábiles, a contar desde la notificación, no expresa lo contrario.

Cuarto.—El presente decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo publicarse, además, en la intranet municipal para conocimiento de toda la organización municipal.

Quinto.—Del presente decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo”.

Las Rozas de Madrid, a 14 de abril de 2025.—El director de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Antonio Díaz Calvo.

(03/6.220/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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