Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
28-04-2025

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250428-68

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

RÉGIMEN ECONÓMICO

68
San Sebastián de los Reyes. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo aprobado el 4 de marzo de 2025, por Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de ayudas de comedor escolar y ayudas destinadas a la compra de libros de texto y material escolar para el curso 2025-2026.

BDNS: 822847

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).

Primero. Objeto.—Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria tienen por objeto la concesión de ayudas destinadas a la compra de libros de texto y material escolar y la concesión de ayudas de comedor escolar de su centro educativo, para el alumnado de San Sebastián de los Reyes que curse estudios en centros de la Comunidad de Madrid públicos o sostenidos con fondos públicos, en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y en los correspondientes cursos de Educación Especial.

Segundo. Dotación presupuestaria.—La cuantía destinada a las ayudas de comedor escolar asciende a 350.000 euros y la destinada a las ayudas de libros de texto y material escolar a 250.000 euros.

Tercero. Régimen jurídico.—Las ayudas que se convocan tienen carácter de subvención.

Se engloban dentro del marco jurídico de la Ley General de Subvenciones, así como el Real Decreto 887/2006 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de septiembre de 2004, las presentes bases reguladoras y cuantas otras normas de carácter general o procedimental que resulten de aplicación.

Cuarto. Cuantía de las ayudas.

Ayudas para comedor escolar:

Por cada miembro de la unidad familiar que utilice el servicio de comedor escolar en los términos establecidos en la presente convocatoria con un máximo de 300 euros.

En familias perceptoras de la beca de precio reducido de comedor escolar de la Comunidad de Madrid, el importe de la ayuda a conceder será el importe del gasto restante a abonar por la familia, una vez descontada la cuantía concedida y hasta un máximo de 300 euros.

Ayudas para la compra de libros de texto:

Por cada miembro de la unidad familiar que curse los estudios a los que se refiere la presente convocatoria se concederán como máximo, en concepto de material escolar, las siguientes cantidades:

— Segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Infantil Especial: 50 euros.

— Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial (Educación Básica Obligatoria y Talleres Formativos), Bachillerato, Formación Profesional de Grado Básico y Formación Profesional Grado Medio: 200 euros.

Quinto. Beneficiarios/as.—Podrá ser beneficiario/a de la ayuda el/la progenitor/a de cada hijo/a que curse estudios a los que se refiere la presente convocatoria, siempre que cumpla los requisitos establecidos en el apartado siguiente.

A los efectos de la presente convocatoria, se equiparará a progenitor/a, el tutor/tutora o el acogedor/acogedora del/ de la menor.

En el caso de que existan dos posibles beneficiarios/as, por un mismo hijo/a se considerará beneficiario/a aquel/aquella progenitor/a que solicite la ayuda en primer lugar.

Sexto. Requisitos.—Para ser beneficiario/a de las ayudas, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

a) Tanto el/la solicitante como el/la hijo/a destinatario/a de la ayuda, deberán estar empadronados/as y residir en el municipio de San Sebastián de los Reyes desde antes del inicio de esta convocatoria, debiéndose mantener dicha situación hasta la finalización del procedimiento de concesión de la ayuda.

b) Estar matriculado/a en un centro y etapa sostenida con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.

c) No estar incurso/a, el/la solicitante de la ayuda, en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) El/la alumno/a para quien se solicita la ayuda no podrá estar incurso/a en la Mesa Local de Absentismo en el curso 2024-2025. Además, deberá asistir de forma regular y continuada a las enseñanzas en las que esté matriculado/a en el curso 2025-2026, pudiendo el Ayuntamiento exigir la devolución de la ayuda concedida o proponer la no participación en siguientes convocatorias, en el caso de que se produjeran situaciones de absentismo escolar continuadas.

e) Todos los miembros de la unidad familiar deberán estar al corriente de pago de todos los impuestos tributarios municipales y de las tasas derivadas de las actividades desarrolladas por el Servicio de Educación (Sanse Concilia, Summer Sanse...).

f) No superar los ingresos de la unidad familiar el número de veces del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiple 2025, 14 pagas: 8.400 euros (IPREM), que a continuación se establece, en función del número de miembros dicha unidad familiar.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para solicitar las subvenciones previstas en la presente convocatoria será de quince días hábiles desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Octavo. Publicidad.—La presente convocatoria, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en forma de extracto.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, las bases reguladoras y convocatoria de las ayudas de comedor escolar y las ayudas destinadas a la compra de libros de texto y material escolar, serán objeto de difusión electrónica a través de la página web institucional de Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes ( https://www.ssreyes.org ).

San Sebastián de los Reyes, a 16 de abril de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Lucía Soledad Fernández Alonso.

(03/6.378/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250428-68