Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
05-05-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250505-4

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

4
ORDEN de 23 de abril de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de 6 puestos de trabajo de carrera de naturaleza laboral, denominados “Conductor de Alto Cargo”, de Libre Designación.

Con la finalidad de proveer mediante el sistema de Libre Designación, y conforme a lo previsto en los artículos 30, 74 y siguientes del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid (2025-2028), puestos de carrera reservados al personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid, adscrito a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo con las características establecidas en el Anexo I, se procede a la aprobación de las siguientes,

BASES DE CONVOCATORIA

Base primera

Objeto

Se aprueba convocatoria pública para la provisión de 6 puestos de trabajo de carrera de naturaleza laboral, que figuran en el Anexo I, mediante el sistema de Libre Designación, entre el personal laboral fijo al servicio de la Comunidad de Madrid.

Base segunda

Normativa aplicable

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su organización y desarrollo, por lo dispuesto en el Convenio Colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028) y por el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos de la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.

Base tercera

Requisitos de los aspirantes

a) Ostentar la condición de personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del presente convenio, con excepción del personal de las empresas públicas.

b) Encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o sexual o por motivos particulares.

c) No hallarse cumpliendo una sanción de demérito que comporte la suspensión del derecho a concurrir en convocatorias de provisión de puestos de carrera.

d) Pertenecer al grupo, categoría y área de actividad, en su caso, a que se encuentre adscrito el puesto de trabajo convocado.

e) Reunir el resto de las condiciones específicas establecidas para cada puesto de carrera en el Anexo I.

Los requisitos deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de cobertura.

Base cuarta

Plazo de presentación, solicitudes y documentación

1. La solicitud para tomar parte en el procedimiento se formulará y presentará telemáticamente en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, cumplimentando el modelo normalizado al que podrá accederse desde la página web: https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/conductor-alto-cargo-11 , junto con la documentación que proceda.

En aplicación de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid, del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, la presentación de la solicitud se realizará exclusivamente de forma telemática.

Las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos por lo que, con carácter previo a la presentación de esta solicitud, la persona aspirante deberá estar dada de alta en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.

En el supuesto de que algún candidato presentase la solicitud de forma presencial será requerido para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla en la que se haya realizado la correspondiente subsanación.

2. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid, y expedidos por prestadores incluidos en la “ Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

3. A efectos de acreditar el perfil profesional requerido para que los puestos que figuran en el Anexo I, los interesados acompañarán su solicitud con la siguiente documentación:

— Certificado de cumplimiento de los requisitos conforme al Anexo II de la convocatoria, que deberá ir firmado por el/la titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería, o Gerente del Organismo o Ente en el que preste servicios.

— Certificado de Servicios prestados en la Comunidad de Madrid u otras Administraciones Públicas: certificado original acreditativo de los períodos trabajados, funciones, así como de la categoría profesional en la que han sido prestados aquellos, que deberá ir firmado por el/la titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería, o Gerente del Organismo o Ente en el que preste servicios, si se trata de experiencia adquirida en la Comunidad de Madrid, así como por el órgano que tenga asumidas las competencias correspondientes cuando se trate de otras Administraciones Públicas.

— Certificado de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la que se preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas y períodos trabajados, expedido por el/la titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería, o Gerente del Organismo o Ente en el que preste servicios.

4. Conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución.

5. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y el artículo 5 del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), los datos contenidos en la solicitud será objeto de tratamiento automatizado por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a este proceso.

Base quinta

Sistema de provision

El sistema de provisión de los puestos será el de Libre Designación, de forma que el titular de la Consejería, o del Órgano en que haya delegado, seleccionará libre y discrecionalmente al candidato de entre los que reúna el perfil y los requisitos establecidos en el Anexo I de las bases de esta convocatoria.

Base sexta

Adjudicación del puesto

1. Los puestos de trabajo convocados se adjudicarán a las personas candidatas que, reuniendo los requisitos establecidos en el Anexo I, sean elegidas libre y discrecionalmente por el órgano competente para la resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 del Convenio colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028).

2. La resolución de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Los destinos obtenidos serán definitivos e irrenunciables, salvo que las personas candidatas propuestas obtengan otros puestos de carrera convocados con anterioridad a la adjudicación de aquéllos.

4. El acceso a un puesto de carrera no supondrá en ningún caso la reserva del puesto de procedencia.

Base séptima

Efectos

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Base octava

Recursos

Contra la presente convocatoria y las actuaciones que deriven de la misma podrán los interesados interponer demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a), en relación con el artículo 6.2.b), de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otra actuación que considere procedente.

Madrid, a 23 de abril de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), la Secretaria General Técnica, Isabel Arruti Ormaeche.







(03/6.519/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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