Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
09-05-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250509-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Paracuellos de Jarama. Organización y funcionamiento. Acuerdo personal funcionario

El Pleno del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de noviembre de 2024, aprobó la modificación del artículo 28 del acuerdo para el personal funcionario de este Ayuntamiento, relativo a la realización de servicios extraordinarios según lo expuesto en la “Propuesta de Acuerdo Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama” de fecha 4 de octubre de 2024 y Acta de la Mesa General de Negociación, de fecha 11 de octubre de 2024, quedando redactado el artículo 28 de dicho acuerdo así:

“Artículo 28. Servicios extraordinarios.—Los servicios extraordinarios que se presten por los funcionarios /as fuera de la jornada ordinaria sólo se realizaran en casos de urgente necesidad de servicio.

El Ayuntamiento informará mensualmente sobre el número de servicios extraordinarios realizados a los delegados de Personal y a las Secciones Sindicales, especificándose las causas, distribución por servicios y relación nominal de los empleados que lo realizaron.

En caso de abono, la cuantía será la siguiente:

— Hora de servicio extraordinario normal: 175 % del valor hora normal.

— Hora de servicio extraordinaria festivo o nocturna: 200 % del valor hora normal.

— Para hallar el cálculo del valor hora normal a que se refiere este apartado, se dividirá el salario anual entre la jornada anual.

La cuantía será la que corresponda a cada grupo funcionarial.

El Ayuntamiento se obliga a la creación de un puesto de trabajo por cada 200 horas que acumulen al año los funcionarios de un determinado servicio y grupo.

El pago de servicios extraordinarios se realizará compensando preferentemente en días de libranza, disfrutando por cada hora de servicios extraordinario dos horas, que se deducirán del cómputo anual”.

El texto íntegro del “Acuerdo para el Personal funcionario del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama” aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 20 de mayo de 2008, se encuentra publicado en la sede electrónica: https://paracuellosdejarama.transparencialocal.gob.es/es_ES/buscar?show_... , de este Ayuntamiento.

Paracuellos de Jarama, a 26 de abril de 2025.—El alcalde, Jesús Muñoz Muñoz.

(03/6.739/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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