Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
10-05-2025

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250510-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

12
ADENDA de 22 de abril de 2025, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Federación Autismo Madrid, para la implantación del Programa VolaTEA mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

REUNIDOS

De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid; el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero; el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad; el artículo 1.2 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.

De conformidad, asimismo, con lo establecido en el Acuerdo de 30 de diciembre de 2024, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias en materia de convenios.

Y, de otra parte, D. Alfonso Arnaiz Eguren, actuando en nombre y representación de la Federación Autismo Madrid, con domicilio social en Madrid (28029), calle Costa Verde, número 1, y NIF G82095456, en virtud de poder otorgado por acuerdo de la Junta Directiva de 26 de septiembre de 2023, elevado a público en escritura de fecha 28 de diciembre de 2023, ante la notario de Madrid D.a Aurora Ruiz Alonso, con el número 4485 de su protocolo.

Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, de conformidad,

MANIFIESTAN

1. En fecha 9 de junio de 2021 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, y la Federación Autismo Madrid, para la implantación del Programa VolaTEA mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

Con fecha 11 de enero de 2024 fue modificado mediante la adenda correspondiente, para permitir el acompañamiento a todos los pacientes con TEA, sin limitación de edad ni de unidad o servicio del hospital, dentro del ámbito de aplicación del convenio recogido en su anexo I.

2. Que la evaluación de las actuaciones derivadas del convenio ha sido favorable y que la Federación Autismo Madrid ha manifestado su deseo de mantener la línea de colaboración con la Consejería de Sanidad y el Servicio Madrileño de Salud para dar continuidad al objeto del convenio.

CLÁUSULA

Única

Acuerdo de prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula novena del convenio de referencia, las partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 9 de junio de 2025 y el 8 de junio de 2029, ambas fechas incluidas.

Con independencia del período de prórroga indicado, se entenderá que el día de perfección de este acuerdo es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes intervinientes.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda.

Madrid, a 22 de abril de 2025.—Por la Comunidad de Madrid: La Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud: La Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud: Laura Gutiérrez Barreno.—Por la Federación Autismo Madrid: El Apoderado: Alfonso Arnaiz Eguren.

(03/6.581/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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