Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
14-05-2025

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250514-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Humanes de Madrid. Régimen económico. Padrones fiscales

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria y el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación, habiéndose aprobado por decretos del concejal-delegado de Hacienda, de 5 de mayo de 2025, los padrones fiscales del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica y de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras, correspondientes al ejercicio 2025, se pone en conocimiento que los padrones estarán a disposición del público en el Departamento de Gestión Tributaria por plazo de un mes a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Los obligados al pago del citado impuesto podrán formular ante el señor alcalde, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la exposición pública del padrón. Dicha exposición tiene el carácter de notificación colectiva, de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Asimismo, y por los mismos decretos, se fija el plazo de ingreso en vía voluntaria:

— Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras, desde el 15 de mayo al 15 de julio de 2025.

— Impuesto sobre bienes inmuebles, desde el 1 de octubre al 1 de diciembre de 2025.

Para aquellos sujetos pasivos del impuesto sobre bienes inmuebles que se hayan acogido al sistema especial de pago, regulado en el artículo 9 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (bonificación y fraccionamiento por pago domiciliado), se procede a fraccionar el ingreso del impuesto en dos plazos.

— El primero será el 60 % de la cuota de este impuesto devengada el 1 de enero de ese año, realizando el cargo en cuenta el 5 de junio de 2025.

— El segundo plazo estará constituido por el importe del recibo correspondiente al ejercicio en curso, bonificado en el 5 % sobre la cuota anual y deducida la cantidad ya abonada en el primer plazo, realizando el cargo en la cuenta bancaria el 9 de octubre de 2025.

Humanes de Madrid, a 5 de mayo de 2025.—El concejal-delegado de Hacienda (decreto del 27 de junio de 2024), Martín Alonso Mannens.

(01/6.987/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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