Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
14-05-2025

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250514-53

Páginas: 26


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MECO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

53
Meco. Organización y funcionamiento. Ordenanza

Por acuerdo plenario de sesión de 20 de febrero de 2025, el Ayuntamiento de Meco aprobó inicialmente la ordenanza de la edificación del municipio de Meco, habiendo sido publicada en el Tablón de Edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 10 de marzo de 2025 y Tablón de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Meco, a los efectos de información pública recogido en el artículo 49.b) Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

En dicho período de exposición pública no se han recibido alegaciones, por lo que la aprobación inicial se eleva automáticamente a definitiva, procediendo a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en unión del texto íntegro de la ordenanza.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la LRBRL y los artículos artículos 41.1.a, 99.2 y 196.2 del ROF, se procede a la publicación del texto íntegro del reglamento aprobado.

Contra el presente reglamento podrán los interesados, según el artículo 10.1.b) de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sala de lo Contencioso Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID; sin perjuicio de impugnarlo, a través de los actos de aplicación del mismo.



















































Meco, a 28 de abril de 2025.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.

(03/6.946/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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