Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
20-05-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250520-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PERALES DE TAJUÑA

OFERTAS DE EMPLEO

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Perales de Tajuña. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 2025-293 de fecha 13 de mayo de 2025, las bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Las bases reguladoras que regirán la convocatoria se encuentran disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Perales de Tajuña:

https://ayto-peralestajuna.sedelectronica.es/transparency/07f3bd07-8120-...

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento.

Contra las presentes bases, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Perales de Tajuña, a 13 de mayo de 2025.—El secretario-interventor, Gonzalo Palacio Sánchez.

(02/7.571/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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